Con ocasión del COVID-19, este año ha estado caracterizado por la expedición de un cúmulo normativo tributario, del que una parte fue declarada inexequible, dejando efectos importantes que deben analizarse en detalle.
La crisis por el COVID-19 prueba la reacción del Gobierno y de las entidades del orden nacional, departamental, distrital y municipal para buscar soluciones que permitan hacerle frente, para mantener el tejido empresarial a salvo y los logros alcanzados sobre la disminución del desempleo y la pobreza.
A través del Decreto Legislativo 558 de 2020, el Ministerio del Trabajo implementa medidas para la disminución temporal de los aportes a pensión para empleadores del sector público y privado, trabajadores dependientes e independientes, con ocasión del estado de emergencia decretado a causa del COVID-19.
Las medidas adoptadas a través de este decreto, a su vez, protegen a los pensionados bajo la modalidad de retiro programado, que reciben como mesada pensional un salario mínimo mensual legal vigente, de una posible descapitalización de las cuentas de ahorro pensional que soportan el pago de la pensión.