En entidades de los grupos 1 y 2 debe efectuarse control de calidad sobre todos los encargos; sin embargo, dado que para una firma pequeña no es obligatorio realizar tal revisión para todos los encargos, deben definirse los criterios para establecer cuáles encargos serán sometidos a este proceso.
Para contar con un sistema de control de calidad apropiado en la profesión es necesario seguir ciertos pasos; aunque el proceso y los pasos a seguir pueden variar dependiendo del tipo de firma, lo importante es aplicarlos adecuadamente para dar cumplimiento a la NICC 1.
La NICC 1 debe ser aplicada por revisores fiscales, auditores financieros, y prestadores de servicios de revisión de información financiera y de aseguramiento. Los no obligados a aplicarla, deben garantizar el cumplimiento de los más altos estándares de calidad en la prestación de sus servicios.
Pese a la obligación y beneficios de implementar normas internacionales para el control de calidad y los esfuerzos mancomunados de la JCC y el CTCP para capacitar al contador en este campo, muchos profesionales y empresas no aplican el estándar.
Síntesis del documento de Direccionamiento Estratégico Final emitido por el CTCP para el proceso de Convergencia hacia las Normas Internacionales de Contabilidad y Aseguramiento, emitido el 22 de Junio de 2011.
Documento final que ha sido presentado a los ministros de hacienda y de comercio, con el cual el consejo técnico de la contaduría pública propone llevar a cabo el proceso de convergencia a estándares internacionales de contabilidad, información financiera y aseguramiento de la información tomando como referentes los estándares de contabilidad emitidos por IASB y los estándares de auditoría emitidos por IFAC.