El empleador y el trabajador pueden acordar por escrito que máximo la mitad de las vacaciones a las que tiene derecho el trabajador sea compensada en dinero, siempre y cuando lo restante sea disfrutado en tiempo.
¿Cómo solicitarlo? Conoce todos los formatos preparados especialmente para ti.
Los lineamientos sobre los cuales deberá prepararse y presentarse el reporte de información exógena correspondiente al año gravable 2019 se encuentran establecidos en la Resolución 011004 de octubre 29 de 2018, modificada recientemente por la Resolución 000008 de enero 31 de 2020.
Con la Resolución 011004 de 2018 la Dian definió quiénes serán los obligados a entregar el reporte de información exógena del año gravable 2019, y el tipo de información que deberán suministrar.
Una tarea que la mayoría de reportantes deberá cumplir entre el 13 de mayo y el 10 de junio de 2020.
Para el año gravable 2015, la DIAN diseñó un prevalidador denominado “Prevalidador tributario para contratos, consorcios y exploración”, en el cual se deberán validar los formatos elaborados por los consorcios y uniones temporales, los operadores de contratos de hidrocarburos, gases y minerales, y los mandatarios en desarrollo de contratos de mandato.
Los consorcios y las uniones temporales son figuras especiales en las cuales dos o más personas se unen para presentar una propuesta para la adjudicación y posterior ejecución de un contrato, en donde cada una de las partes responde solidariamente por las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato. Este tipo de figuras tienen la obligación de presentar información exógena del año gravable 2015, si fueron estas quienes, utilizando su propio NIT, expidieron la facturación, y no los consorciados o asociados; así pues, deberán presentar los reportes que exige la DIAN en el numeral 18.8 del artículo 18 de la Resolución 220 del 2014.