Las primeras 7.500 UVT de la venta de la casa o apartamento habitación pueden ser exentas. En el caso de las loterías debe reconocerse un impuesto a ganadores y una retención en la fuente. El tratamiento para declarar no difiere según la categoría a que pertenezca la persona natural.
Son ganancia ocasional los bienes y derechos provenientes de las herencias, legados y donaciones. Para establecer su valor impositivo deben considerarse varios aspectos, entre ellos, qué parte de estos pueden ser ganancia ocasional exenta, es decir, qué monto puede llevarse como exento.
Cuando un contribuyente vende su casa o apartamento de habitación se genera una utilidad producto de la diferencia entre el precio de venta y el costo del bien; dicha utilidad constituye una ganancia ocasional, y sobre esta el contribuyente debe pagar el impuesto a las ganancias ocasionales.
Las ganancias ocasionales que perciba el contribuyente deben ser declaradas junto con el impuesto de renta; estas no hacen parte del impuesto sobre la renta para la equidad –CREE–, razón por la cual no es necesario someterlas a la autorretención de dicho impuesto. A continuación se relacionan 10 respuestas a preguntas frecuentes sobre el tema.
De acuerdo con el Estatuto Tributario los gananciales no son constitutivos de ganancia ocasional. Estos deben ser tratados como ingresos ordinarios, que pueden ser manejados como no gravados. La parte que sí es ganancia ocasional corresponde a la porción conyugal.
Las rentas exentas son un tipo de ingresos que, aun siendo ingresos fiscales, no están sujetos al impuesto de renta y complementarios, ya que la Ley les ha otorgado el beneficio de gravarse con tarifa cero. En términos generales, las rentas exentas son “aquellas utilidades netas fiscales obtenidas en el ejercicio y provenientes de la explotación de ciertas actividades económicas expresamente beneficiadas en las normas fiscales”.
Los detalles reglamentarios en materia de rentas exentas, se encuentran entre el 206 y el 235-1 del ET. Adicional a ello, existen conceptos emitidos por la DIAN referente a esta materia, que el doctor Casanova explica de manera clara.
¿El beneficio establecido en el artículo 307 del ET, aplica únicamente cuando una persona fallece, teniendo en cuenta que allí se menciona que son ganancias ocasionales exentas las primeras 7.700 UVT de la propiedad del causante? Si una persona tiene una casa de habitación por más de dos años y luego la vende, ¿también le aplica este beneficio?
Para determinar la base gravable de las ganancias ocasionales obtenidas, se deberá determinar su valor de acuerdo a las condiciones establecidas en el artículo 303 del ET, las cuales se relacionan a continuación.
Con las modificaciones implementadas por la reforma tributaria (Ley 1607 del 2012), las ganancias ocasionales que reciban las sociedades tanto nacionales como extranjeras, así como las personas naturales con residencia y aquellas extranjeras sin residencia, tendrán una tarifa única del 10%.
El gobierno nacional califica como renta exenta y otorga el beneficio de gravar con tarifa del 0% algunos de los ingresos o rentas ordinarias. En el caso de las ganancias ocasionales existen algunos ingresos a los que el gobierno también concede este beneficio. Sin embargo, es importante tener en cuenta que las ganancias ocasionales exentas son aplicables únicamente para las personas naturales.
Las ganancias ocasionales son las entradas de bienes apreciables en dinero que se generan en actividades diferentes a la económica principal. Dentro de las ganancias ocasionales se pueden contar: las ganancias obtenidas por la venta de un activo fijo poseído por dos años o más, las rentas provenientes de herencias, legados y donaciones, así como también los premios de rifas, loterías, apuestas y similares.
Las ganancias ocasionales se pueden clasificar según su procedencia de la siguiente manera:
• Utilidad en venta de activos fijos poseídos 2 años o más.
• Utilidad en liquidación de sociedades con permanencia de 2 años o más.
• Herencias, legados y donaciones.
• Loterías, rifas, apuestas, premios, juegos y similares.