Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: marzo 12 2018

Concepto 128 de 13-02-2018

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 13 febrero, 2018

El CTCP señala que una entidad colombiana puede aplicar un software de origen venezolano, siempre y cuando este cumpla los requerimientos de las normas aplicadas en Colombia, dado que podría haberse construido con fundamento en normas legales distintas.

Concepto 118 de 09-02-2018

Concepto / Oficio, Contaduría Pública, NORMATIVIDAD Publicado: 9 febrero, 2018

El CTCP precisa que el contador público es el responsable de la preparación de los estados financieros, y debe cumplir con las normas legales vigentes, lo que significa que en la responsabilidad de entregar la información al cierre del año deben ser tenidos en cuenta los marcos normativos vigentes, sin considerar que en los años anteriores no se hayan aplicado, pues es deber del contador velar por el cumplimiento normativo; la obligación del contador público termina hasta la fecha en que prestó sus servicios y debe ser acorde con los términos del contrato laboral o de prestación de servicios de las partes. Cabe señalar que de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 43 de 1990, el contador público puede interrumpir la prestación de servicios cuando: 1) el usuario del servicio reciba la atención de otro profesional que excluya la suya, y 2) el usuario del servicio incumpla las obligaciones convenidas con el contador público. Así pues, es claro que el no pago de honorarios por parte del cliente, es una causal para interrumpir los servicios, situación que debe darse a conocer al cliente y realizarse la entrega de documentos e información contable poseída por el contador.

Concepto 034418 de 22-12-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 22 diciembre, 2017

La Dian precisa que de acuerdo con el contenido y los antecedentes del artículo 107-1 del ET, no puede entenderse como una atención a los empleados el pago de incapacidades en la parte que excede el 66,6 % y, por tanto, no aplica la posibilidad de tomarlo como una deducción fiscal aceptada en el porcentaje y según los requisitos establecidos en la norma. Lo anterior debido a que los antecedentes del artículo 107-1 del ET, específicamente a la exposición de motivos del proyecto de ley, la palabra “atención” está asociada a regalos, fiestas, reuniones y festejos, y no al excedente del pago de incapacidad médica.

Concepto 001877 de 21-12-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 21 diciembre, 2017

La Dian precisa que, a pesar de que la norma fiscal no contempló ninguna limitación o excepción sobre el tratamiento específico en los descuentos por pronto pago, se debe considerar los tratamientos de reconocimiento y medición que establezcan las normas contables vigentes, por cada año gravable en este hecho económico, ya sea como menor valor del ingreso en el caso de las ventas o como menor valor del inventario o del costo en el caso de las compras.

Concepto 042510 de 13-12-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 13 diciembre, 2017

El Ministerio de Hacienda señala que cuando el contribuyente del impuesto predial unificado paga el valor correspondiente al impuesto del bien privado, está al mismo tiempo cumpliendo la obligación tributaria respecto de los bienes comunes del edificio o conjunto, en proporción al coeficiente de copropiedad que le corresponda de acuerdo con la escritura pública de propiedad horizontal, en consecuencia, no hay un doble pago por parte del contribuyente, por tanto no debe existir un cobro por concepto del impuesto sobre el bien privado y otro cobro por concepto de impuesto sobre los bienes comunes del edificio; únicamente habrá lugar al cobro del impuesto sobre el bien privado, en el cual se incorpora el correspondiente al de áreas comunes.

Concepto 033131 de 12-12-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 12 diciembre, 2017

La Dian precisa que los servicios descritos en los numerales 23, 24 y 25 del artículo 476 de ET están excluidos del IVA; los numerales 23 y 25 no establecen diferenciación en cuanto a ser aplicaciones web o móviles; los términos contenidos en el numeral 24 se encuentran definidos en el Oficio 1058335 de 2017 expedido por el Ministerio de Tecnologías sobre el cual la DIAN emitió el Concepto Unificado 017056 de 2017.

Concepto 032013 de 29-11-2017

Concepto / Oficio, Derecho Laboral, NORMATIVIDAD Publicado: 29 noviembre, 2017

El Ministerio del Trabajo señala que el reglamento interno de trabajo debe contar con disposiciones, entre otras, sobre la escala de faltas y procedimientos para su comprobación; escala y aplicación de sanciones disciplinarias, obligaciones y prohibiciones especiales para el empleador y el trabajador; estas últimas de conformidad con lo establecido en los artículos 58 y 60 del CST que establecen las obligaciones y prohibiciones del trabajador. En consecuencia, frente a la violación de las obligaciones o prohibiciones a cargo de los trabajadores, el empleador debe seguir lo estipulado en el reglamento interno de trabajo para las faltas y sus correspondientes sanciones, en particular para la aplicación de la multa contemplada en el artículo 113 del CST, acatando lo señalado por la Corte Constitucional en la sentencia C-593 de 2014, sobre la obligación de dar cumplimiento al debido proceso en su imposición.

Concepto 028594 de 20-10-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 20 octubre, 2017

La Dian precisa que el cambio de tarifa del impuesto sobre las ventas no afecta al concesionario operador de los juegos de suerte y azar, ya que el sujeto pasivo de la obligación económica, es decir, el apostador, es quien paga dicho porcentaje al adquirir el boleto o instrumento, concediéndole el derecho a participar en el juego.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
, ,