Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: mayo 26 2017

Oficio 220-080937 de 07-04-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 7 abril, 2017

En contratos de compraventa, la dación en pago entre la sociedad como acreedora y el accionista como deudor, deberá recaer sobre bienes distintos a las acciones de la compañía, pues de manera imperativa la legislación mercantil fija los casos en los cuales una sociedad puede readquirir sus propias acciones. Por lo tanto, aceptar como dación en pago, en favor de la sociedad las acciones de que es titular el accionista en la compañía implicaría un desacato legal, desconociendo el espíritu que le dio origen a la ley. Asimismo, precisa la Supersociedades, que la readquisición de acciones solamente se puede realizar recurriendo a las utilidades, en los términos del artículo 396 del Código de Comercio, norma de carácter imperativo y por ende, de obligatorio cumplimiento, lo que a su turno significa que no se puede llevar a cabo a través de ningún otro mecanismo previsto en la ley para la extinción de obligaciones, tales como la dación en pago o la compensación; aceptar estas figuras implicaría un desacato legal, desconociendo en esta forma el espíritu que le dio origen a la ley.

Concepto 007073 de 29-03-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 29 marzo, 2017

La DIAN aclara que cuando el literal b) del artículo 420 del ET consagra como hecho generador la cesión o venta de activos intangibles, la condiciona a aquellos que constituyen la propiedad industrial, más no a la cesión o venta del intangible que constituye el solo derecho de autor.

Concepto 006413 de 23-03-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 23 marzo, 2017

La persona natural obligada a llevar contabilidad puede detraer los costos y gastos procedentes y debidamente soportados, de acuerdo con los artículos 26 y 107 del ET, para efectos de la determinación de la renta líquida por concepto de rentas de capital y de rentas laborales, sin que le sea aplicable el límite del 10% de que trata el inciso 2 de los artículo 339 y 341 del ET, pues el mismo esta diseñado para rentas exentas y deducciones que no tengan relación directa con la actividad productora de renta.

Concepto 006245 de 22-03-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 22 marzo, 2017

De acuerdo con el inciso 6 y el parágrafo 1 del artículo 580-1 del ET, las declaraciones del impuesto de renta de personas naturales que hayan sido diligenciadas virtualmente, correspondientes a los años gravables 2006 a 2015, se tendrán como presentadas siempre que haya ingresado a la administración tributaria un recibo oficial de pago atribuible a los conceptos y periodos gravables contenidos en dichas declaraciones.

Concepto 006234 de 22-03-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 22 marzo, 2017

La DIAN aclara que el contribuyente puede presentar y pagar el impuesto sobre la renta para la equidad –CREE– correspondiente al periodo gravable 2015 una vez configurada su no presentación, aplicando lo estipulado en el artículo 282 de la Ley 1819 de 2016 en cuanto a la sanción generada, en razón a que la misma norma expone su procedencia aun cuando la expedición de la ley favorable es posterior. No obstante, es necesario precisar que esta aplicación retroactiva de la norma, únicamente es admitida en el régimen sancionatorio tributario y nunca será oponible ante situaciones tributarias generales, debido a la existencia de la prohibición constitucional estipulada en los artículos 338 y 363 de la Constitución Política Nacional.

Concepto 6228 de 21-03-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 21 marzo, 2017

La DIAN precisa que el beneficio establecido en el artículo 272 de la Ley 1819 de 2016 sobre el no pago ni intereses de mora de las declaraciones ineficaces, también es aplicable a las declaraciones de autorretenciones en la fuente a título del CREE, toda vez que la misma es un mecanismo de pago anticipado del impuesto.

Concepto 149 de 20-02-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 20 febrero, 2017

El CTCP señala que si bien es cierto que la NIC 16 indica la necesidad de revaluaciones anuales de la propiedad, planta y equipo en los casos en que esta experimente cambios significativos y volátiles en su valor razonable, es bueno recordar que en el caso de este tipo de activos, el valor razonable no exige la contratación de un valuador, si es posible obtenerla sin tener que hacerlo, por ejemplo, considerando el tipo de bien, su ubicación y su uso, si es que existen referentes de uso público que permitan el cálculo. Sin embargo, debe aclararse que para algunos propósitos legales puede ser necesario el cumplimiento de requisitos específicos en materia de avalúos. Si se requiere avalúo técnico para establecer el valor razonable, la forma de establecer la necesidad de un nuevo avalúo depende de la política contable, pero siempre y cuando esa política respete el principio contenido en el párrafo 34 de la NIC antes citada.

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