El COVID-19 ha impactado la forma como las empresas evalúan y divulgan los eventos ocurridos después del período sobre el que se informa.
Dependiendo de la fecha de emisión de los estados financieros de las compañías, los impactos del COVID-19 podrían ser eventos que requieren ajustes o no.
El COVID-19 es un hecho posterior que requiere de revelaciones en los estados financieros de la mayoría de las entidades (NIC 10 y sección 32 del Estándar para Pymes).
A continuación, resaltamos los principales puntos que deben incluirse en dichas notas, y compartimos ejemplos que pueden servirle de guía.
En este editorial explicamos cuáles son las tareas puntuales del contador público y el revisor fiscal de una entidad con respecto a los impactos del COVID-19 en los estados financieros de 2019.
El COVID-19 es un hecho no ajustable en los estados financieros 2019, porque sus impactos se dieron después del 31 de diciembre de 2019 (NIC 10.10).
Si una entidad autorizó sus estados financieros de 2019, aproximadamente después del 15 de febrero de 2020 tendrá que realizar los siguientes procedimientos.
El deterioro de los activos y la afectación de la hipótesis de negocio en marcha son dos de las consecuencias más adversas del COVID-19 en la información financiera de las entidades.
Las entidades podrían tener que modificar las cifras de sus estados financieros 2019 o incluir revelaciones al respecto.
La propagación del COVID-19 ha tenido consecuencias en la mayoría de empresas colombianas. Este se puede considerar como un hecho posterior y ha implicado que deban modificarse los estados financieros 2019. Le contamos cómo impacta esta situación al dictamen del revisor fiscal.
La propagación del coronavirus (COVID-19) ha tenido serias consecuencias financieras en la mayoría de las empresas colombianas.
Por ello, en este editorial analizamos los efectos potenciales de este coronavirus sobre la preparación de los estados financieros 2019.
La NIC 10 fue aprobada en marzo de 1999, con vigencia a partir del 1 de enero de 2000. En diciembre de 2003 se aprobó la NIC 10 revisada, y en marzo de 2004 por la emisión de la NIIF 5, se modificaron algunos párrafos. La vigencia de las últimas modificaciones se estableció a partir de los periodos contables que inician el 1 de enero de 2005.