


Certificado de ingresos y retenciones para no obligados a declarar renta
CAPACITACIONES, Impuestos, TEMASEn Colombia las personas naturales pagan diversos tipos de impuestos a las entidades encargadas, por lo tanto, se denominan contribuyentes. No obstante, se debe tener en cuenta que, con base en la normativa tributaria, no todas las personas naturales son consideradas declarantes de renta.
Retención en la fuente a entidades no contribuyentes declarantes
Impuestos, RESPUESTAS¿Los pagos o abonos en cuenta a las entidades no contribuyentes declarantes del artículo 23 del estatuto tributario, están sujetos a retención en la fuente?

Criterios para determinar la residencia fiscal en Colombia
ACTUALIDAD, ImpuestosPara entender la importancia que tiene en la liquidación del impuesto de renta y complementarios el hecho de haber sido residente o no ante el Gobierno colombiano, es necesario observar las indicaciones señaladas en los artículos 9 y 10 del ET.
Concepto 008308 de 02-06-2016
Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDADDIAN. A las personas que de acuerdo a sus ingresos no son sujeto de retención, pero que en un mes superan el tope para serlo, deberán practicarles retención en la fuente de acuerdo con los artículo 383 y 384 del ET; dicha retención no podrá ser inferior a la establecida en el artículo 384 del ET.
Concepto 18915 de 01-07-2015
Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDADDIAN. Salvo las entidades previstas de manera expresa en la ley como no contribuyentes del impuesto sobre la renta, las demás lo son, bien sea con el régimen tributario general o con el régimen especial de acuerdo con las condiciones que para cada caso se verifiquen.
Declarantes y no declarantes de impuesto de renta y complementarios
ImpuestosDe acuerdo con el artículo 591 del Estatuto Tributario Nacional, están obligados a declarar impuesto de Renta y Complementarios la totalidad de los contribuyentes, con excepción de los que se relacionan en los artículos 592, 593 y 594-1 del E.T. y que se detallan en la tabla que sigue a continuación: