La modalidad de operación conjunta dentro de los contratos de acuerdos conjuntos tiene la característica particular de asignar responsabilidad solidaria a los operadores, pues en esta negociación las partes son totalmente responsables, tienen derechos sobre los activos y obligaciones sobre los pasivos.
Tanto negocios como operaciones conjuntas son figuras que componen al acuerdo conjunto; este último solo puede presentarse cuando no hay control absoluto de una de las partes.
Un consorcio es una figura asociativa, cuyo perfil no corresponde a una persona jurídica independiente, ni a la creación de una nueva sociedad o entidad; simplemente es la unión de varias entidades para lograr unos objetivos comunes. En los consorcios los socios tienen derechos sobre los activos, y obligaciones sobre los pasivos de forma solidaria; de ahí que cuando se contrata con un consorcio, cualquiera de los consorciados puede recibir reclamación por el incumpliendo del mismo, y tiene la obligación de responder ilimitadamente.