El Decreto 220 de 2017 establece, entre otros, los plazos para presentar la declaración del impuesto sobre la renta por parte de personas jurídicas, sociedades y asimiladas y, contribuyentes del Régimen Tributario Especial; así como también los calificados como grandes contribuyentes.
Los plazos para presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementario de las personas jurídicas, sociedades y asimiladas contribuyentes del Régimen Tributario Especial —RTE—, diferentes a los calificados como grandes contribuyentes, y la cancelación en cuotas del valor a pagar fueron establecidos en el artículo 1 del Decreto 220 de 2017.
El artículo 1 de la Ley 1819 del 29 de diciembre de 2016 cambió sustancialmente la norma en relación con las personas naturales obligadas a declarar renta. Dichas disposiciones no afectan las declaraciones por el año gravable 2016, al respecto le recordamos algunos puntos a tener en cuenta.