Desde el 24 de octubre iniciaron los vencimientos para la presentación del reporte de conciliación fiscal en el formato 2516. Recuerde que el no cumplir con este requerimiento es considerado, para efectos sancionatorios, como una irregularidad en la contabilidad.
La obligatoriedad de la presentación del reporte de conciliación fiscal dependerá del valor de los ingresos brutos fiscales del contribuyente, constituidos por todos aquellos ingresos ordinarios y extraordinarios, incluidos los recibidos por concepto de ganancias ocasionales. A través del Decreto 1998 de 2017 se reglamentó el artículo 772 -1 del ET, mediante el cual se establecen los lineamientos que regirán el procedimiento de […]
Los contribuyentes obligados a llevar contabilidad deberán contar con un sistema de conciliación de las diferencias que surjan con la aplicación las normas contables y fiscales. Así, las personas jurídicas deberán materializar el cumplimiento de esta obligación con el diligenciamiento del formato 2516.