Los retenedores calcularán en los meses de junio y diciembre de cada año el porcentaje fijo de retención que deberá aplicarse a los ingresos de cada trabajador durante los seis meses siguientes a aquel en el cual se haya efectuado el cálculo. Te lo explicamos su cálculo y aplicación en esta Capacitación.
Con estos casos prácticos aprenderás cómo calcular correctamente la retención en la fuente sobre prima de servicios.
Utilizaremos dos escenarios comparativos por el procedimiento 1 y 2 (porcentaje fijo previamente establecido), aplicando las tarifas respectivas con base en el artículo 383 del ET.
Las personas naturales y jurídicas como las comunidades organizadas, sucesiones ilíquidas y sociedades de hecho que tengan trabajadores deben calcular la retención en la fuente sobre rentas de trabajo. Aprende a aplicar el procedimiento 2 para este importante cálculo con este Caso Práctico Exclusivo.
Las comunidades organizadas, sucesiones ilíquidas, sociedades de hecho y las personas naturales o jurídicas que tienen a cargo trabajadores deben calcular la retención en la fuente sobre rentas de trabajo. En esta Capacitación te explicamos la aplicación del procedimiento 2 para esta obligación.
Durante el segundo semestre de 2021, los empleadores que apliquen el procedimiento 2 de retención en la fuente sobre pagos laborales a sus trabajadores deben definir el porcentaje fijo que aplicarán, según el artículo 386 del ET. Conoce en este Caso Práctico Exclusivo cómo calcular el porcentaje fijo.
Durante el segundo semestre de 2021, los empleadores que apliquen el procedimiento 2 de retención en la fuente sobre salarios y pagos laborales a sus trabajadores tendrán que definir el porcentaje fijo que aplicarán para tal efecto, según el artículo 386 del ET.
Una persona natural residente que perciba rentas de trabajo es sujeto de retención en la fuente si dichos ingresos superan determinados topes.
Es importante considerar los cambios que la Ley 1943 de 2018 introdujo respecto al cálculo de esta retención.
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
Si a un trabajador le van a practicar retención en la fuente por el procedimiento 2, ¿es posible reconocerle como deducción los intereses por un préstamo de vivienda adquirido en el mismo año en que se va a efectuar la retención?
Resueltas diciembre 13 de 2018
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
En diciembre se debe hallar el porcentaje fijo de retención para efectuar la depuración de la retención por el procedimiento 2. Al respecto, ¿con cuáles disposiciones normativas se debe realizar el cálculo: con las vigentes previo a la emisión de la ley de financiamiento o con las novedades que esta última emita?
Resuelta noviembre 29 de 2018
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿Cuáles son los valores por concepto de aportes obligatorios o voluntarios a fondos de pensiones obligatorias que se deben de tener en cuenta al momento de definir el porcentaje fijo para aplicar el procedimiento 2 de retención en la fuente?
Resueltas noviembre 15 de 2018
Por medio de la reforma tributaria estructural, se introducen cambios sobre cómo debe aplicarse la retención en la fuente a quienes cobren salarios, honorarios, servicios y demás rentas de trabajo (la Ley 1819 de 2016 modificó el artículo 383 del ET, derogó el 384 y adicionó el 388 de este estatuto).
Los artículos 385 y 386 del ET continúan contemplando los procedimientos 1 y 2 para el cálculo de la retención en la fuente. Por otra parte, es necesario tener en cuenta que la Ley 1819 de 2016 adicionó el artículo 388 al ET, siendo necesario verificar que el límite del 40% que este contempla.