Los traslados entre los dos regímenes pensionales pueden hacerse cada cinco años, y por última vez faltando diez para la edad de pensión. Tras esa fecha el afiliado deberá permanecer en el régimen en el que está afiliado y cumplir los requisitos para obtener la pensión o devolución correspondiente.
El ingreso base de cotización –IBC– es el monto sobre el cual se calcula el porcentaje de cotización para cada afiliado al sistema de seguridad social, el cual varía según se trate del tipo de afiliado a cotizar.
El sistema pensional en Colombia está constituido por dos regímenes: el régimen de prima media con prestación definida –RPMPD– y el de ahorro individual con solidaridad –RAIS–. Recuerde que, para pensionarse, debe cotizar mínimo 1300 semanas, y tener 57 si es mujer y 62 si es hombre.
El sistema general de pensiones tiene dos regímenes: el régimen solidario de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad. El primero está a cargo de Colpensiones y el segundo está a cargo de entidades administradoras de fondos de pensiones privados.