El CTCP se refiere en el Concepto 0001 al reconocimiento contable de los ingresos recibidos para terceros en el marco de los convenios de colaboración internacional.
Los ingresos en contratos de construcción se contabilizan con base en el porcentaje de avance de terminación de la obra.
En este caso práctico conocerás cómo contabilizar los ingresos y gastos de un contrato de construcción, y otros aspectos como el IVA generado y el anticipo de retención en la fuente.
De acuerdo con la sección 23 del Estándar para Pymes, una entidad deberá cumplir algunas condiciones para reconocer en sus estados financieros ingresos de actividades ordinarias.
Presentamos estos requerimientos según la clasificación del ingreso, y algunos ejemplos para su reconocimiento.
Aprende a contabilizar los cheques devueltos por el banco bajo cualquier causal luego de realizada una factura de venta. Conocerás la importancia de las cuentas de orden para llevar el control de hechos económicos como este, de los cuales se pueden generar derechos afectando la estructura financiera.
Los ingresos están directamente relacionados con el rendimiento financiero de una entidad. ¿Debe reconocerse un ingreso aun cuando no se ha entregado el bien?, ¿la emisión de una factura implica el reconocimiento de un ingreso?
La respuesta a estas y otras preguntas a continuación.
Este contenido ha sido migrado a nuestro archivo Vas a ser redireccionado a su nueva URLSi no eres redireccionado o tienes problemas da clic Aquí
La NIIF 15 aborda el reconocimiento de ingresos de actividades ordinarias procedentes de contratos con clientes, y es aplicable a las entidades del grupo 1.
En este editorial veremos 5 pasos para reconocer correctamente en los estados financieros las ventas realizadas a diario.
¿Cómo se reconocen los ingresos para el sector constructivo?
Supersociedades explica aspectos relacionados con el ejercicio del derecho de retiro cuando da lugar a un reembolso de acciones o cuotas sociales sin un acuerdo entre las partes sobre el valor del reembolso.
El CTCP aclara aspectos relacionados con el reconocimiento contable de los intereses recibidos por concepto de apoyos comerciales derivados de acuerdos entre el proveedor y el cliente.
¿Cuál es el tratamiento contable y fiscal de los pagos recibidos por un banco mediante un convenio de recaudo y transporte de dinero?, ¿esto debería ser facturado y tiene IVA?
Mediante el Concepto 0398 de junio 29 de 2021, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP– indica que para efectos contables lo primero por tener en cuenta es que los hechos económicos deben ser reconocidos por su esencia económica y no únicamente por su forma legal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de la Ley 1314 de 2009. De allí que, si la entidad transfiere el control del activo y no conservó riesgos y beneficios significativos, lo que procede es la baja del activo en la fecha en que se transfirió el control, reconociendo los nuevos derechos derivados de su transferencia que en este caso sería una cuenta por cobrar.
Sin embargo, para el caso expuesto en el concepto sobre la venta de un vehículo si la autorización para el blindaje del mismo se configura como un requisito indispensable para considerar la transferencia del control, la entidad que vende el vehículo no podría dar de baja el activo de sus estados financieros, dado que aún conservaría los riesgos y ventajas significativas. Para ello se deberán evaluar las circunstancias específicas de la transacción y el juicio profesional en la aplicación del marco normativo contable.
El CTCP señala que en algunas ocasiones entregar el vehículo no implica el traslado de los riesgos y ventajas asociados a la propiedad del activo, por lo que deben analizarse los riesgos relacionados con accidentes de tránsito, permisos o multas para proceder a su venta.
Así las cosas, si la entidad luego de realizar la evaluación respectiva da por sentada la transferencia del activo, podrá darlo de baja y reconocer la cuenta por cobrar desde el momento en que se efectúa la venta. Sin embargo, para efectos fiscales debe tenerse en cuenta que la venta de un vehículo al cual no se le ha realizado el proceso de traspaso se considera patrimonio de la entidad titular dueña del activo, por lo que deberá reconocerse así, y el valor recibido en la venta del activo deberá reconocerse como un pasivo. Cuando se realiza el traspaso se podrá reconocer el ingreso.