Las cámaras de comercio aplicarán el procedimiento de recuperación empresarial para preservar las empresas y el empleo.
Estas ofrecen alternativas a deudores y acreedores para que resuelvan sus diferencias, a través de un mediador, y negocien las acreencias en tres meses.
A raíz de la crisis derivada de la pandemia del COVID-19, la situación financiera internacional fue muy volátil en marzo y abril, con repercusiones importantes en Colombia.
Los contadores públicos tienen la facultad de dar fe pública, otorgada por el artículo 10 de la Ley 43 de 1990. Esta característica es un elemento que los hace garantes de confianza y credibilidad pública.
Con ocasión de la pandemia del COVID-19, fueron decretadas en su momento distintas medidas de aislamiento para proteger a la población y evitar los contagios.
Estas acciones de contingencia cambiaron drásticamente las dinámicas de mercado y afectaron notablemente a empresas de todos los tamaños.
Hasta la primera semana de junio de 2020, 96 % de las empresas colombianas tuvieron una caída en sus ventas.
82 % de las empresas formales podrían subsistir solo entre uno y dos meses con sus propios recursos.
Cepal propone extender los plazos de las medidas de apoyo a liquidez y al acceso al crédito.
Supersociedades presentó esta herramienta extrajudicial de negociación expedita, que complementa el régimen de negociación de emergencia para atender a los deudores afectados por el COVID-19.