Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: recurso de reconsideración

Las 3 etapas del proceso de fiscalización de la UGPP. ¡Conócelas con tu suscripción!

INFORMACIÓN CORPORATIVA Publicado: 21 agosto, 2019

Hoy en día el tema del proceso de fiscalización de la UGPP ha tomado mayor relevancia entre los contribuyentes. Es por eso que consideramos importante que conozcas cada una de las etapas que lleva a cabo esta entidad para cumplir con su función de control y vigilancia.

[ORO] Demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra la Dian

Cartas, FORMATOS, Impuestos Publicado: 23 octubre, 2018

La acción de nulidad y restablecimiento del derecho solo podrá ser interpuesta por el contribuyente una vez la Dian haya dado respuesta al recurso de reconsideración presentado, o cuando opere el silencio administrativo en el que la entidad no haya cumplido el plazo para resolverlo.

[ORO] Recurso de reconsideración presentado ante la Dian

Cartas, FORMATOS, Impuestos Publicado: 16 octubre, 2018

El recurso de reconsideración es un mecanismo con el que el contribuyente cuenta para responder ante actos administrativos proferidos por la Dian, como liquidaciones oficiales, resoluciones sancionatorias y órdenes de reintegro de sumas. La presente es un modelo de cómo debe presentar dicho recurso.

Auto de inadmisión de la Dian procede si recurso de reconsideración no cumple con los requisitos

Impuestos Publicado: 12 septiembre, 2017

Contra las liquidaciones oficiales, resoluciones que imponen sanciones y demás actos administrativos de la Dian, el contribuyente puede interponer un recurso de reconsideración; pero si este no cumple con los requisitos del artículo 722 del ET la entidad proferirá un auto de inadmisión.

Recurso de reconsideración ante la Dian, ¿en qué consiste?

Impuestos Publicado: 29 agosto, 2017

Según el artículo 720 del ET, el recurso de reconsideración es un mecanismo con que cuentan los contribuyentes para objetar los actos administrativos proferidos por la Dian. El plazo máximo para interponerlo es de dos meses y sus requisitos se encuentran contemplados en el artículo 722 del ET.

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