


Trámite para renovar el Registro Único de Proponentes
ACTUALIDAD, Derecho ComercialUno de los trámites que se desarrollan alrededor del Registro Único de Proponentes es el de su renovación, si usted tiene una inscripción activa en el RUP puede realizar la renovación de su registro desde el 1 de enero y a más tardar el quinto día hábil del mes de abril de cada año.

Estados financieros de empresas o personas inscritas en el RUP
ACTUALIDAD, Estándares InternacionalesEntre los requerimientos realizados a las personas naturales o jurídicas que deseen inscribirse en el Registro Único de Proponentes, se encuentra adjuntar sus estados financieros; en caso de que no hayan emitido estados financieros a fecha de 31 de diciembre, deben adjuntarlos con corte trimestral.

Registro único de proponentes: beneficios, posibles beneficiados y diligenciamiento del formulario
ACTUALIDAD, Derecho ComercialPersonas naturales y jurídicas que quieran celebrar contratos con entidades estatales para ejecutar obras o prestar servicios deberán realizar el trámite para pertenecer al Registro único de proponentes. Estas personas tendrán que cumplir con once puntos que describimos a continuación.
Oficio 220-199376 de 05-09-2017
Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDADDe acuerdo con el Decreto 1510 de 2013, para realizar la inscripción en el registro único de proponentes se debe presentar a la Cámara de Comercio la solicitud de registro acompañada de los certificados de experiencia (no menores a 3 años) en los que se indiquen los bienes, obras y servicios a los cuales corresponde. Respecto a la experiencia, en primera instancia sería dable suponer que no puede ser transferida a otra persona natural o jurídica; sin embargo, la ley estableció como excepción que si el término de constitución de la sociedad es inferior a 3 años, puede presentar la experiencia de sus accionistas, socios o constituyentes. Es decir que excepcionalmente una sociedad de reciente constitución puede acreditar como propia aquella experiencia adquirida por sus “accionistas, socios o constituyentes”, sean estos personas naturales o jurídicas, pues no existe restricción alguna sobre el particular, como tampoco la hay para quienes suscriben el contrato de sociedad, y como reza el principio general de interpretación jurídica, donde la norma no distingue, no corresponde al intérprete hacerlo.

Doctrina sobre estados financieros a reportar en el RUP es modificada por Dian
ACTUALIDAD, Estándares InternacionalesLa DIAN emitió el Concepto 25554 de 2016, que revoca el Concepto 650 de junio 30 de 2016, y establece que las personas naturales comerciantes solo deben reportar, en el Registro Único de Proponentes, los estados financieros preparados según los nuevos marcos normativos.

Situación especial para los estados financieros que se reporten ante el Registro Único de Proponentes
ACTUALIDAD, Estándares InternacionalesUna de las normas contenidas en el DUR 1082 de mayo del 2015, relacionadas con la información que las personas naturales obligadas a llevar contabilidad tendrían que entregar al inscribirse en el RUP, indica que deberán suministrar la “información contable del último año exigida por las normas tributarias”. Por tal motivo, la DIAN, a través de su Concepto 650 de junio 30 del 2016, indicó que hasta el 2019 dicha información sería la misma que se obtenga con la aplicación de las normas del Decreto 2649 de 1993. Pero luego del 2019 sí se entregarían los estados financieros obtenidos con la aplicación de los marcos contables bajo normas internacionales.
Estados financieros a presentar para el RUP deben hacerse bajo las Normas Internacionales
Estándares Internacionales, Impuestos, NORMATIVIDADLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN– en el Concepto 0650 del 30 de junio del 2016, recordó que en el artículo 2.2.1.1.1.5.2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional, Decreto 1082 del 2015, se señala que todos los interesados en participar en procesos de contratación con las entidades estatales, deben presentar ante la Cámara de Comercio la solicitud de inscripción en el registro único de proponentes −RUP−.

Registro Único de Proponentes, novedades y simplificación
ACTUALIDAD, Estándares InternacionalesEl Departamento Nacional de Planeación mediante el Decreto 1082 del 26 de mayo del 2015 derogó el Decreto 1510 del 2013. Anteriormente, los temas relacionados con contratación pública se tocaban a lo largo de 26 artículos. Ahora son 7. También hay aclaraciones para quienes ya están inscritos en el Registro Único de Proponentes.
[Certificación] Persona natural no obligada a llevar contabilidad para acreditar los indicadores de capacidad financiera para proponentes
Certificaciones, Derecho Comercial, FORMATOSPara las personas naturales y jurídicas que desean realizar su inscripción o renovación al Registro Único de Proponentes -RUP, se han determinado una serie de certificaciones que deben presentar ante la Cámara de Comercio correspondiente, entre dichas certificaciones se encuentra la que deben entregar las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad para acreditar los indicadores de capacidad financiera para proponentes, a continuación se presenta un modelo para las personas que desean acceder a dicho registro.
[Acta] Modelo de certificación para acreditar el pago de aportes a la seguridad social y aportes parafiscales de proponentes
Actas, Derecho Comercial, FORMATOSPara las personas naturales y jurídicas que desean realizar su inscripción o renovación al Registro Único de Proponentes -RUP, se han determinado una serie de certificaciones que deben presentar ante la Cámara de Comercio correspondiente, entre dichas certificaciones se encuentra la acreditación de los aportes a la seguridad social y parafiscales, a continuación se presenta un modelo para las personas que desean acceder a dicho registro.
Definición de registro único de proponentes
ImpuestosEs un registro que llevan a cabo personas naturales, personas jurídicas o personas extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que desean celebrar contratos con entidades del Estado para la ejecución de obras, suministro de bienes o prestación de servicios. Dicho registro debe hacerse en la Cámara de Comercio de la respectiva jurisdicción. Se creó en el artículo 22 de la Ley 80 de 1993.
Registro Único de Proponentes (RUP), tarifa para inscripción, actualización y renovación
Derecho ComercialEn este registro, el proponente debe incluir información sobre experiencia, capacidad financiera, número de empleados, entre otros. El vencimiento para realizar la respectiva renovación de RUP será el 07 de abril de 2015.

Las noticias contables más importantes del 2013
ACTUALIDAD, Estándares InternacionalesDurante el 2013 la Supersociedaes emitió varias circulares relacionadas con el proceso de implementación de las NIIF en las sociedades del grupo 1 y 3; el gobierno reglamentó el registro de actas en archivos electrónicos; se emitió por cuarta vez un nuevo decreto que regulará los procesos de inscripción en el Registro Único de proponentes que llevan las Cámaras de Comercio; el CTCP presentó para discusión pública su propuesta del sistema de documentación contable y la sustentación de por qué se debe adoptar en Colombia la NIIF de pymes para ciertas empresas; la ley 1676 de agosto de 2013 exigió que los Revisores Fiscales indiquen en sus dictámenes anuales si la sociedad obstaculiza o no las operaciones de factoring de sus proveedores; y hasta se eligió al Dr. Carlos Molano como el nuevo representante de los Contadores por el periodo 2014 a 2017 en el Tribunal disciplinario de la Junta Central.
[La Norma] Se volvieron a expedir las normas del RUP
ACTUALIDAD, Estándares InternacionalesDecreto 1510 de julio 17 de 2013, con el cual el Departamento Nacional de Planeación derogó el Decreto 0734 de abril 13 de 2012, y con ello se vuelven a reexpedir las normas que regulan el Registro Único de Proponentes que se lleva en las Cámaras de Comercio con los datos de las personas naturales o jurídicas que pretendan ofrecer bienes o servicios a las entidades públicas.

Decreto 1510 de 2013 reemplaza al 0734 de 2012 con normas sobre el Registro Único de Proponentes
CASOS PRÁCTICOS, Estándares InternacionalesEn los artículos 8 a 14 del nuevo Decreto 1510 de julio 17 de 2013, el cual empieza a regir a partir de agosto 15 de 2013, han quedado recopiladas las normas sobre el Registro Único de Proponentes, RUP, que se lleva en las Cámaras de Comercio. Este nuevo decreto deroga todo el texto del Decreto 734 de 2012 en el cual se destinaban 36 artículos para regular el RUP.
Resolución 35695 de 01-06-2012
Impuestos, NORMATIVIDAD, Por ClaseSuperindustria y Comercio. Por la cual se aprueba el esquema gráfico del formulario único y de certificación del Registro Único de Proponentes.
[La Norma] Registro Único de Proponentes, con un sólo código normativo
ACTUALIDAD, ImpuestosEl Decreto 734 de abril 13 de 2012 deroga y a la vez retoma los textos de 27 normas dispersas con las cuales se venía regulando el tema de la contratación pública. De esta forma, se compiló en un sólo código toda esa importante normatividad. Entre las normas derogadas se incluye el Decreto 1464 de abril 29 de 2010, que regulaba todo lo relacionado con el Registro Único de Proponentes.

Decreto 734 de 2012 reemplaza al 1464 de 2010 con normas sobre el Registro Único de Proponentes
Auditoría y revisoría fiscal, CASOS PRÁCTICOSEl nuevo Decreto 732 de abril de 2012 derogó y retomó los textos de 27 normas relacionadas con la contratación pública, entre ellas las del Decreto 1464 de abril de 2010 que regula todos los asuntos relacionados con el Registro Único de Proponentes que deben efectuar en Cámaras de Comercio todas las personas naturales o jurídicas interesadas en proveer bienes o servicios a las entidades estatales. Las normas que estaban contenidas en el Decreto 1464 de 2010 han quedado ahora incorporadas, con nuevas modificaciones, en los Artículos 6.1.1.1 a 6.4.6 del Decreto 732.

Gobierno emite nuevo decreto para reglamentar el Registro Único de proponentes el cual deroga al 4881 de 2008.
ACTUALIDAD, Auditoría y revisoría fiscalA través del nuevo Decreto 1464 del 29 de Abril de 2010, que deroga y sustituye al anterior Decreto 4881 de 2008, el Gobierno ha fijado las pautas bajo las cuales operará la inscripción, actualización y cancelación del RUP que llevan las Cámaras de Comercio. Según la nueva norma, el nuevo RUP solo podría funcionar después del 31 de mayo de 2010 cuando las Entidades Oficiales cumplan por fin con enviar la información que les exige el artículo 14 del Decreto.

Registro Único de Proponentes: La importancia de registrarse y de actualizarlo
ACTUALIDAD, Derecho ComercialPara que una persona natural o jurídica quiera ser contratado por alguna Entidad Pública para celebrar unos determinados contratos, es necesario que esté en el RUP de las Cámaras de Comercio. Además, es vital estar actualizando su información.