Mediante la presente doctrina, la Dian precisa que el pago del impuesto al consumo de bienes inmuebles se soportará con el comprobante de pago expedido por el agente retenedor. En caso de que no haya agente retenedor, el pago se probará con el comprobante del recibo oficial de pago (formulario 490).
El proceso de facturación en las organizaciones es uno de los más importantes dentro del sistema de información contable. Así mismo ha sido uno de los mecanismos más impactados por los cambios normativos, pues a partir del 2019 la expedición de la factura electrónica será totalmente obligatoria.
El Estatuto Tributario contempla como sanciones relacionadas con la facturación a aquellas por expedir facturas sin requisitos y por no facturar. Dichas sanciones corresponden al 1% del valor facturado y el cierre del establecimiento de comercio respectivamente.