Mediante el artículo 196 de la Ley de reforma tributaria estructural 1819 de 2016 se modificó el artículo 600 del ET que regula el período gravable del impuesto sobre las ventas, con ello se fijó la periodicidad bimestral y cuatrimestral y desapareció la anual.
Mediante el artículo 205 de la Ley de reforma tributaria estructural 1819 de 2016 se modificó el artículo 512-13 del ET cambiando de esta manera los montos de ingresos brutos totales para pertenecer al régimen simplificado del impuesto nacional al consumo de restaurantes y bares.