La Ley 2277 de 2022 modificó el artículo 242-1 del ET, elevando de 7,5 % a 10 % el valor de la retención trasladable sobre los dividendos que sean entregados a la mayoría de las sociedades nacionales.
Esta norma crea complejidades e injusticias tributarias, razón por la cual sería mejor eliminarla.
Conoce las reglas aplicables a la determinación del impuesto de renta de los dividendos y participaciones que recibieron las sociedades y las personas naturales en el 2022, así como la retención en la fuente que debe practicarse por este concepto.
Además, encuentra 4 casos prácticos sobre el tema.
El artículo 911 del ET establece que una sociedad del régimen simple no está obligada a practicar retenciones sobre los dividendos que distribuya a sus socios o accionistas.
En dichos casos no siempre se dará la doble tributación sobre dividendos que sí existe en las sociedades del régimen ordinario.
Conoce las reglas aplicables a la determinación del impuesto de renta de los dividendos y participaciones que recibieron las sociedades y las personas naturales en el 2021, así como la retención en la fuente que debe practicarse por este concepto.
Además, encuentra 4 casos prácticos sobre el tema.
Las sociedades nacionales deberán incluir en el certificado de socios y accionistas las características y el tipo de sociedad.
Así, el socio podrá calcular correctamente su propio impuesto sobre los dividendos o participaciones que le hayan distribuido durante el año 2021.
Más detalles a continuación.
Con el Decreto 1457 de noviembre 12 de 2020 se reglamentaron los cambios en la tarifa del impuesto de renta sobre dividendos no gravados y gravados de los años 2017 y siguientes.
En este Caso Práctico Exclusivo veremos cómo se determina la retención en la fuente sobre los dividendos de 2020.
Con el Decreto 1457 de noviembre 12 de 2020 se reglamentaron los cambios introducidos por la Ley 2010 de 2019. Esta norma retoma las disposiciones del Decreto 2371 de 2019 para reglamentar la tarifa del impuesto de renta sobre dividendos no gravados y gravados de los años 2017 y siguientes