Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: sistema general de riesgos profesionales

Concepto 0025833 de 01-02-2011

Concepto / Oficio, Derecho Laboral, NORMATIVIDAD, Por Clase, Por Tipo de Norma Publicado: 1 febrero, 2011

Ministerio de Protección Social. Afiliación trabajador independiente.

Concepto 0025862 de 01-02-2011

Concepto / Oficio, Derecho Laboral, NORMATIVIDAD, Por Clase, Por Tipo de Norma Publicado: 1 febrero, 2011

Ministerio de Protección Social. Afiliación trabajadores independientes contratistas al Sistema General de Riesgos Profesionales.

Concepto 220121 de 02-08-2010

Concepto / Oficio, Derecho Laboral, NORMATIVIDAD, Por Clase, Por Tipo de Norma Publicado: 2 agosto, 2010

Ministerio de Protección Social. Responsabilidades en un accidentes laboral y no afiliado el trabajador al Sistema General de Riesgos Profesionales.

Concepto 237791 de 01-08-2010

Concepto / Oficio, Derecho Laboral, NORMATIVIDAD, Por Clase, Por Tipo de Norma Publicado: 1 agosto, 2010

Ministerio de Protección Social. Si existen contratos de prestaciones de servicio, el contratista (trabajador independiente) se puede afiliar voluntariamente al Sistema General de Riesgos Profesionales.

Concepto 196086 de 13-07-2010

Concepto / Oficio, Derecho Laboral, NORMATIVIDAD, Por Clase, Por Tipo de Norma Publicado: 13 julio, 2010

Ministerio de Protección Social. La afiliación de los trabajadores independientes al Sistema General de Riesgos Profesionales es voluntaria y existen actualmente solo dos formas de afiliación: quienes realicen contratos de carácter civil, comercial o administrativo con personas naturales o jurídicas; y el caso de la afiliación colectiva del trabajador independiente, a través de una agremiación, se aplica a aquellos trabajadores independientes que realiza una misma actividad económica y presta sus servicios de manera personal y por su cuenta y riesgo.

Concepto 183295 de 30-06-2010

Concepto / Oficio, Derecho Laboral, NORMATIVIDAD, Por Clase, Por Tipo de Norma Publicado: 30 junio, 2010

Ministerio de Protección Social. Al momento de la ocurrencia del accidente de trabajo , si el trabajador no se encontraba afiliado a ninguna ARP, el empleador deberá responder por el reconocimiento de las prestaciones consagradas en el Sistema General de Riesgos Profesionales.

Sentencia T-321 de 06-05-2010

Impuestos, Jurisprudencia / Sentencias, NORMATIVIDAD, Por Clase, Por Tipo de Norma Publicado: 6 mayo, 2010

Corte Constitucional. El empleador tiene que ser diligente en la afiliación de sus trabajadores al Sistema General de Riesgos Profesionales ARP y que “la cobertura del sistema se inicia desde el día calendario siguiente a la afiliación y la aceptación por parte de la entidad administradora”. Las contingencias se subrogan a la Administradora de Riesgos Profesionales sólo a partir del día siguiente a cuando se diligenció el formulario de afiliación, siendo el empleador el responsable de las contingencias a las que están expuestos los trabajadores si empiezan sus labores sin estar cubiertos.

Concepto 161550 de 29-05-2009

Concepto / Oficio, Derecho Laboral, NORMATIVIDAD, Por Clase, Por Tipo de Norma Publicado: 29 mayo, 2009

Las personas que se encuentran percibiendo una pensión y desean vincularse al mercado laboral mediante un contrato de prestación de servicios, deberán efectuar aportes obligatorios al Sistema General de Salud en la misma E.P.S que hayan elegido, aunque de su mesada también se les efectúe el respectivo descuento para esta entidad, y voluntarios al Sistema General de Riesgos profesionales.

Decreto 1172 de 03-08-1994

Decreto, Derecho Laboral, NORMATIVIDAD Publicado: 3 agosto, 1994

Mediante decreto, el Gobierno nacional reglamenta la afiliación y las cotizaciones al sistema general de riesgos profesionales, estipulando así que el empleador está obligado a afiliar a sus trabajadores desde el momento en que nace el vínculo laboral.

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