DIAN
Concepto 022426
Agosto 18 de 2017
Si un nacional colombiano residente en el exterior no cumple con alguno de los requisitos señalados en el numeral 3 del artículo 10 del ET, no es considerado residente fiscal para efectos tributarios en el país y, por tanto, no está obligado a presentar declaración del impuesto sobre la renta, lo que a su vez implica que está eximido de informar su patrimonio.