El Gobierno nacional expidió el Decreto 1443 de 2022, con el cual se modifica el artículo 2.1.7.7 del Decreto 780 de 2016, en lo que respecta a la movilidad o cambio de régimen dentro de la misma entidad promotora de salud para los afiliados al sistema general de seguridad social en salud.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió el Decreto 1611 de 2022 a través del cual se modifica el anexo técnico de información financiera para el grupo 1. Este decreto modifica las NIC 1, 8 y 12 y la NIIF 16 dispuestas en el Anexo técnico compilatorio y actualizado 1-2019, de las Normas de Información Financiera, grupo 1 del Decreto 2270 de 2019, modificado por el anexo técnico Modificación a la NIIF 16 del anexo técnico compilatorio y actualizado 1-2019, de las Normas de Información Financiera, grupo 1 del Decreto 1432 de 2020 y el Anexo técnico 2021, de las normas de información financiera, grupo 1 del Decreto 938 de 2021. Todos compilados en el Decreto Único Reglamentario de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información, Decreto 2420 de 2015, con el anexo denominado Anexo técnico 2022, de las Normas de Información Financiera, grupo 1, el cual hace parte integral del presente decreto.
Mediante la Resolución 001212 del 5 de agosto de 2022, la Dian señaló que la implementación del mecanismo de facturación del impuesto sobre la renta y complementario se llevará a cabo a partir de la entrada en vigor de la resolución en mención. Por tanto, las facturas del impuesto sobre la renta que se envíen podrán comprender el año gravable 2021, en el cual entró en aplicación la Ley 2155 de 2021, por medio de la cual se estableció el mecanismo de facturación del impuesto de renta.
El Congreso expidió la Ley 2268 de 2022, mediante la cual se expiden normas para garantizar beneficios sociales focalizados a los pescadores artesanales, comerciales y de subsistencia. Dicha ley tiene por finalidad establecer medidas tendientes a proteger la integridad, el mínimo vital y la sostenibilidad socioeconómica de esta clase de pescadores.
El Ministerio del Trabajo publicó la Resolución 3192 del 3 de agosto de 2022 con los tiempos para el diseño, implementación y seguimiento de la política pública para el fomento e implementación del teletrabajo.
En el Concepto 08SE2022230000000035861 del 2 de agosto de 2022, el Ministerio de Trabajo unificó conceptos sobre la aplicación de la reviviscencia de las normas de cotización de seguridad social y parafiscales de trabajadores independientes.
El Ministerio del Trabajo expidió la Resolución 3077 de 2022, por la cual se adopta el Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2022-2031.
El Gobierno nacional expidió el Decreto 1427 de 2022, con el cual se fijaron las reglas para la expedición, reconocimiento y pago de las licencias de maternidad, paternidad e incapacidades de origen común.
La Superfinanciera certifica mediante la Resolución 0973 de julio de 2022 que el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario será del 22,21 % EA para el período comprendido entre el 1 y el 31 de agosto de 2022.
El Ministerio del Trabajo expidió la Resolución 3050 de 2022, mediante la cual adopta el Manual de procedimientos del programa de rehabilitación integral para la reincorporación laboral y ocupacional en el sistema general de riesgos laborales.
El Ministerio del Trabajo, por medio del Decreto 1368, adicionó un capítulo al título 3 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1072 de 2015 para reglamentar el artículo 200 de la Ley 1955 de 2019; esto en relación con la terminación de mutuo acuerdo del procedimiento administrativo sancionatorio laboral.
El Ministerio del Trabajo expidió la Resolución 2764 de 2022, mediante la cual adopta la batería de instrumentos para la evaluación de factores de riesgo psicosocial, la guía técnica general para la promoción, prevención e intervención de los factores psicosociales y sus efectos en la población trabajadora.
Se expidió el Decreto 1296 de 2022, por el cual se actualiza y ajusta la metodología actuarial que debe ser aplicada por las administradoras y reconocedoras de pensión y la UGPP para efectuar el cálculo de la reserva actuarial que deberán pagar los empleadores que incurran en omisión en la vinculación o afiliación de sus trabajadores.
El Ministerio de Relaciones Exteriores expidió la Resolución 5477 de 2022, con la cual se dictan disposiciones en materia de visas en Colombia ampliando las categorías y creando la visa para nómadas digitales.
En el Concepto 202242301432282 del 22 de julio de 2022, el Ministerio de Salud conceptuó sobre la aplicación de la reviviscencia de las normas de cotización de seguridad social y parafiscales de trabajadores independientes.
En la Sentencia SL-2464 del 19 de julio de 2022, la Corte Suprema de Justicia aborda la posibilidad de configurarse sustitución de empleadores aunque no exista continuidad en el contrato de trabajo.
Ministerio de HaciendaDecreto 1208 Julio 18 de 2022 Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 1208 de 2022, mediante el cual reglamentó el parágrafo 4 del artículo 238 de la Ley 1819 de 2016 y el artículo 800-1 del ET, modificado y adicionado por el artículo 34 de la Ley 2155 de 2021, relacionado con el […]
Con el Decreto 1227 del 18 de julio 2022, el Ministerio del Trabajo flexibiliza las condiciones del teletrabajo y enuncia nuevas obligaciones para el empleador, el teletrabajador y la administradora de riesgos profesionales –ARL–.
El Ministerio del Trabajo expidió la Resolución 2050 de 2022, por la cual se establece el Manual de Procedimiento para el Funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez.
Por medio de la Ley 2254 del 15 de julio de 2022 del Congreso de la República, se crea el programa Escalera de la Formalidad. Con este se establecerá el camino gradual de formalización de nuevas micro, pequeñas y medianas empresas en el país con el propósito de que se creen empresas formales y se genere un camino progresivo hasta los requerimientos que hoy existen. Las micro, pequeñas y medianas empresas ya constituidas o en proceso de formalización podrán ser parte del programa.
Las micro, pequeñas y medianas empresas que estén en el programa Escalera de la Formalidad tendrán, además de los beneficios propios de la formalización, las siguientes facilidades:
* Pasado tres (3) meses desde el registro o inscripción en la cámara de comercio, las nuevas empresas tendrán todos los beneficios de las leyes vigentes para ser beneficiarias de microcréditos por parte de entidades vigiladas y no vigiladas. El único requisito será el cumplimiento del marco legal para el análisis de riesgos. El Fondo Nacional de Garantías podrá ofrecer garantías especiales por el valor de esos microcréditos.
* Las nuevas empresas que exportarán o importarán deberán inscribirse en la Ventanilla Única de Comercio Exterior –VUCE–, en la que ningún proceso a través del Estado tendrá costo.
* El certificado de origen será gratuito.
* Para realizar exportaciones, las instituciones nacionales encargadas no podrán exigirles a las micro, pequeñas y medianas empresas que sean contribuyentes de renta; únicamente deberán ser expoliadoras conforme a la regulación aduanera vigente.
* Tendrán un impuesto de registro departamental gradual conforme al artículo 14 de esta ley.