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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cajas sin fondos no se reconocen en el ESFA


Cajas sin fondos no se reconocen en el ESFA

Independientemente de las razones argumentadas por el propietario o la administración de la organización, el efectivo del que el preparador de la información no pueda certificar su existencia, no podrá reconocerse en el ESFA.

Al revisar la definición de efectivo que se relaciona en el glosario de las NIIF (dinero mantenido en caja y depósitos a la vista), se deduce que solo podrían reconocerse como efectivo, los recursos de la entidad que estén disponibles y en su poder, o en cuentas bancarias a la vista. Para este fin, quien prepara la información financiera debe haber constatado la existencia del efectivo a la fecha de corte del informe, lo cual incluye haberlo contado o tener la evidencia suficiente de que fue verificado por el personal autorizado y certificado por la administración.

Los faltantes de efectivo pueden darse por varios motivos, entre ellos están los descuadres de caja, dineros retirados por los socios o encargado del manejo de fondos, o aportes sociales no pagados, entre otros que, en muchos casos, a criterio de propietarios o gerentes deberían aparecer en los estados financieros puesto que son recursos que en todo caso, ellos esperan que retornen a la organización; sin embargo, aunque este ítem pueda generar indicadores beneficiosos para la entidad, realmente no está disponible en el momento en que se prepara la información y, por tanto, como ya se indicó más arriba, no puede reconocerse como recursos en caja.

¿Cuál es el ajuste que deberá realizar el preparador, a la información sobre cajas?

“Los recursos faltantes de cajas, que deban ajustarse para la elaboración del ESFA, tendrán un reconocimiento diferente según el origen del faltante en el efectivo”

Por regla general, dado que los ajustes requeridos para la elaboración del Estado de Situación Financiera de Apertura responden a situaciones ocurridas con anterioridad al período de transición a las NIIF, se afectará el patrimonio de la organización, específicamente la cuenta de ganancias acumuladas; sin embargo, pueden presentarse casos en los que se deban realizar ajustes con contrapartida en otra categoría dentro del patrimonio.

Los recursos faltantes de cajas, que deban ajustarse para la elaboración del ESFA, tendrán un reconocimiento diferente según el origen del faltante en el efectivo; en el caso de los descuadres de caja a los que nos referimos líneas atrás, dado que representan una pérdida de dinero, afectarán las ganancias retenidas.

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Si se habla por ejemplo de recursos que los socios tomaron y no han regresado, debe evaluarse en primera instancia las razones de dicho retiro y así se realizará el reconocimiento más apropiado; si la ausencia del recurso responde a un retiro a título de préstamo que está bien documentado, lo correcto sería reconocer una cuenta por cobrar.

Otro caso posible, corresponde a los aportes que los socios no cancelan; asunto que debe analizarse con detalles, pues, el pago de los aportes de capital es uno de los requisitos indispensables al momento de la constitución de una sociedad; cuando se presenta este hecho particular, la entidad debe eliminar la cuenta de aportes de capital que está en el patrimonio.

En síntesis, por ningún motivo los saldos de caja inexistentes en la realidad, deben reconocerse en el ESFA, incluso no debieron haberse recocido bajo la norma local; pero si llegara a encontrarse un caso como los expuestos o cualquier otro similar, la contrapartida de ajuste para eliminar dichos valores, debe analizarse según la actividad que le dio origen al saldo en cuestión.

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