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Nuestra guía te servirá para presentar un derecho de petición ante una entidad financiera cuando necesites solicitarle información sobre tus transacciones. Fue diseñada con base en los artículos 5 y 7 de la Ley 1328 de 2009, que establece el régimen de protección al consumidor financiero.

Preparamos este modelo atendiendo el derecho fundamental de petición (consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia y la Ley 1755 de 2015) y bajo el supuesto de que la entidad financiera está generando cobros por mora estando el usuario al día. Sin embargo, es totalmente editable, de manera que, si requieres modificar el argumento del derecho de petición, puedes hacerlo libremente.

Marco normativo del derecho de petición

La Ley 1328 de 2009 (modificada por la Ley 1555 de 2012) expone los principios y las reglas concernientes a la protección de los derechos de los consumidores financieros, y la relación entre estos y las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia.

derecho de petición

El literal e) del artículo 5 de la mencionada ley indica que el consumidor podrá:

“Presentar de manera respetuosa consultas, peticiones, solicitudes, quejas o reclamos ante la entidad vigilada, el defensor del consumidor financiero, la Superintendencia Financiera de Colombia y los organismos de autorregulación”

En ese mismo sentido, exterioriza como obligación de las entidades vigiladas resolver el derecho de petición según lo consagrado en el literal k) del artículo 7 de la Ley 1328 de 2009:

“Atender y dar respuesta oportuna a las solicitudes, quejas o reclamos formulados por los consumidores financieros, siguiendo los procedimientos establecidos para el efecto, las disposiciones consagradas en esta ley y en las demás normas que resulten aplicables”

Con esto en mente, y haciendo uso del derecho de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia y la Ley 1755 de 2015, hemos creado este formato. ¡Descárgalo y úsalo!

No te pierdas nuestros magazines semanales con Leslie Singer. Hoy hablaremos de las declaraciones de renta de personas naturales por el AG 2024.

Términos y condiciones

Para temas de devolución de productos virtuales adquiridos a través del portal www.actualicese.com como la suscripción, libros en formato PDF, archivos digitales en formato de Word y Excel, conferencias en línea, etc. no procede el derecho al retracto según lo establece el numeral 4 del artículo 47 de la Ley 1480 de 2011, que a su tenor literal expresa:

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«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos: 4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»

«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos:
4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»

Por tanto, los productos ofrecidos por el portal Actualícese, al ser bienes intangibles, no son susceptibles de ser devueltos por parte del usuario. 

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