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Notificación de embargo de la prima de servicios
Actualizado: 13 junio, 2023 (hace 2 años)

La prima de servicios, según el artículo 344 del CST, solo puede ser embargada hasta el 50 % por deudas a cooperativas y de alimentos.
Mediante este modelo de carta una empresa podrá notificar a su empleado que debe retener parte de su prima porque existe una orden judicial de embargo sobre esta.

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