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  Modelo en Word de un acuerdo de confidencialidad

Derecho Comercial  - 11 julio, 2025



La liquidación de una sucesión por causa de muerte, mediante el trámite notarial puede ser solicitada por los herederos o el cónyuge supérstite, actuando de común acuerdo. La solicitud se dirige al notario del círculo del domicilio del causante a través de un poder. Aquí encontrarás el modelo para hacerlo.

Para los casos en los cuales no se presentan diferencias entre los herederos al momento de la repartición de los bienes, se puede acudir ante una notaría para adelantar el proceso de sucesión de forma rápida (ver el título I de la Ley 84 de 1873).

Recomendaciones para sucesión ante notaría

Si la persona fallecida se encontraba casada, primero se recomienda hacer la liquidación de la sociedad conyugal, para tener definido lo que ingresará o no a la sucesión. Lo anterior, de acuerdo a lo estipulado por el Decreto Ley 902 de 1988, modificado por el Decreto 1729 de 1989.

sucesión

En caso del que el causante viviera en unión libre y no hubiese declarado la unión marital de hecho, esta deberá ser declarada por vía judicial, previo al inicio de la sucesión.

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Los interesados o un abogado presentarán la solicitud de sucesión ante el notario del círculo del domicilio del causante, la cual debe ir acompañada de: ​

  • La diligencia de inventarios y​​ avalúos.
  • Trabajo de partición y adjudicación.
  • Copia auténtica del registro civil de defunción.
  • Copia auténtica del registro civil de matrimonio (si aplica).
  • Copia de las escrituras de los inmuebles de la persona fallecida.
  • Certificados de libertad y tradición de los inmuebles de la persona fallecida (no mayor a 30 días de expedición).
  • Comprobantes fiscales (impuesto predial y paz y saldo de valorización).
  • Otros documentos como certificados bancarios, CDT, títulos, acciones, etc.

Una vez revisada la documentación, en caso de que proceda, el notario autorizará el trámite de sucesión y elevará a escritura pública el traspaso de los bienes allí descritos.

NOTA:

Según el artículo 25 de la Ley 1564 de 2012, los procesos son de mínima cuantía cuando tratan sobre pretensiones patrimoniales que no excedan el equivalente a 40 smmlv.  Son de menor cuantía cuando involucran pretensiones patrimoniales que excedan el equivalente a esos 40 smmlv, pero sin superar los 150 smmlv. Y son de mayor cuantía cuando versen sobre pretensiones patrimoniales mayores a 150 smmlv. 

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Modelo de poder para adelantar sucesión ante notaría

La sucesión de mutuo acuerdo es un trámite mediante el cual los bienes de una persona que ha fallecido pasan a ser de propiedad de sus herederos, que generalmente son sus parientes cercanos, salvo que exista un testamento en el cual se le hayan dejado bienes a otras personas por fuera de la familia.

A continuación, te presentamos un modelo de poder para adelantar sucesión ante notaría, según lo señalado por el Decreto Ley 902 de 1988 (por el cual se autoriza la liquidación de herencias y sociedades conyugales vinculadas a ellas ante notario público, y se dictan otras disposiciones).

En nuestro formato se sugiere diligenciar la información solicitada en los espacios con letra azul. No obstante, el documento es totalmente editable, por lo que podrás modificar o añadir información para adecuarlo a tus necesidades.

Te invitamos a ver el siguiente consultorio tributario, en donde nuestro líder de investigación, Diego Guevara, explica la parte de las herencias que se encuentran exentas de impuestos.

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«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos: 4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»

«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos:
4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»

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