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Retención de IVA asumida en pagos por servicios a prestadores desde el exterior


Retención de IVA asumida en pagos por servicios a prestadores desde el exterior

Actualizado: 29 noviembre, 2024 (hace 2 años)

Quienes deban practicar la retención de IVA asumida en pagos por servicios a prestadores del exterior de los artículos 437-1 y 437-2 del ET deben tomar en cuenta tres pautas importantes respecto a la responsabilidad, cálculo y registro contable de la operación.

Te explicamos los detalles aquí.

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