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Sistema cedular, formulario 210 y residencia fiscal: datos clave en renta de personas naturales

A continuación, se analiza la incidencia que tiene el sistema cedular, el formulario 210 y la determinación de la residencia fiscal al momento de cumplir con la obligación de presentar la declaración de renta de una persona natural ante la Dian, correspondiente al año gravable 2019.

Fecha de publicación: 30 de junio de 2020
Sistema cedular, formulario 210 y residencia fiscal: datos clave en renta de personas naturales
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

A continuación, se analiza la incidencia que tiene el sistema cedular, el formulario 210 y la determinación de la residencia fiscal al momento de cumplir con la obligación de presentar la declaración de renta de una persona natural ante la Dian, correspondiente al año gravable 2019.

Declaración de renta personas naturales: ¿quiénes la presentan y en cuál formulario?

En el artículo 1.6.1.13.2.7 del Decreto Único Tributario 1625 de 2016 se puede estudiar cuáles son las personas naturales residentes del régimen ordinario que deben o no declarar renta por el año gravable 2019 en el formulario 210.

En este mismo espacio se explica en detalle si este tipo de contribuyentes también están obligados a presentar el formato de conciliación fiscal del año gravable 2019.

Novedades en la presentación del formulario 210

Una de las principales novedades o diferencias que se puede observar entre el formulario 210 del año gravable 2018 y el del año gravable 2019 es la composición de su sistema de cedulación, pues para el primer año estaba conformado por las cédulas de rentas laborales, rentas de capital, rentas no laborales, rentas de pensiones y de dividendos, y para el segundo año se conforma por la cédula general, de pensiones y de dividendos y participaciones.

Defectos importantes detectados en el Muisca, relacionados con el formulario 210

En la siguiente publicación se analizan los principales defectos detectados en el Muisca en relación con el formulario 210 del año gravable 2019, prescrito con la Resolución 000045 de mayo de 2020, el cual puede ser utilizado por las personas naturales y las sucesiones ilíquidas que califican como residentes fiscales.

Declaración de renta de extranjeros con o sin residencia fiscal

Definir el estado de la residencia fiscal en los términos de lo previsto en el artículo 10 del Estatuto Tributario es clave a la hora de presentar el impuesto de renta de una persona natural.

En ese sentido, si finalmente se clasifica como residente fiscal, inclusive siendo extranjero, y se cumple con los requisitos para quedar obligado a declarar renta, se deberá cumplir con lo siguiente:

1. Emplear el sistema de cedulación para reportar las rentas.

2. Utilizar el formulario 210.

3. Declarar ingresos y patrimonio poseídos fuera y dentro del país.

Conoce cómo se declaran los ingresos por pensiones en el impuesto de renta

Este tipo de ingresos recibidos por una persona natural residente deben ser declarados en el formulario 210 en la cédula de pensiones. Es importante aclarar que las pensiones percibidas en Colombia pueden ser tomadas como rentas exentas respetando los límites fijados en el

numeral 5 del artículo 206 del Estatuto Tributario, beneficio que se traslada a las pensiones del exterior siempre y cuando el país haga parte de la Comunidad Andina de Naciones.

Reporte de dividendos en la declaración de renta personas naturales

A continuación, se describen los diferentes aspectos que deben ser considerados por una persona natural residente para afectos de determinar con claridad cuál es la forma correcta de registrar en el formulario 210 los ingresos provenientes del pago de dividendos.

Declaración de renta personas naturales: ¿requiere la firma del contador?

En el numeral sexto del artículo 596 del Estatuto Tributario se define la obligatoriedad de la inclusión de la firma de un contador público en la declaración de renta de las personas naturales residentes o no residentes que figuran en el régimen ordinario.

Deducciones, rentas exentas y descuentos tributarios en renta de personas naturales

En la siguiente publicación se describen las diferentes rentas exentas, descuentos tributarios y deducciones correspondientes al año gravable 2019 que pueden ser imputadas a cada una de las cédulas (general, de pensiones y de dividendos y participaciones) contempladas en el formulario 210, para efectos de presentar el impuesto de renta de una persona natural residente.

Depuración del sistema de cedulación utilizado en el impuesto de renta de una persona natural

El formulario 210 del año gravable 2019, prescrito con la Resolución 000045 de mayo de 2020, aplica para las personas naturales y las sucesiones ilíquidas que califiquen como residentes fiscales según lo indicado en el artículo 10 del Estatuto Tributario. Recordemos que la declaración de renta de una persona natural residente se presenta empleando el sistema de cedulación conformado de la siguiente manera:

1. Cédula general.

2. Cédula de pensiones.

3. Cédula de dividendos y participaciones.

No obstante, luego de ser conocido el formulario 210 utilizado precisamente por este tipo de contribuyentes, se observa que este, a su vez, contiene una subdivisión de la cédula general, situación que genera complejidad al momento de determinar el límite de las rentas exentas.

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