Los papeles de trabajo son documentos elaborados por el Auditor durante la realización de sus labores, en ellos deja constancia del trabajo que realiza y sobre el cual se basa para emitir su juicio profesional; además dichos documentos son propiedad exclusiva del Auditor y deben ser conservados por un período no menor a cinco años, tal como lo indica el parágrafo del artículo 9 de la Ley 43 de 1990: