Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: miembros contrato de colaboración empresaria

Oficio 010795 de 08-05-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 8 mayo, 2017

La DIAN señala que la obligación de llevar los registros de las diferentes operaciones de cada miembro del contrato de colaboración empresarial indicados en la primera parte del parágrafo 1° del artículo 18 del ET, y la obligación de certificarlas por parte del gestor con su firma y la del contador o revisor fiscal ahora exigida expresamente, no es nueva, siempre ha existido, pero nunca se ha reglamentado la periodicidad con que se debe expedir; por tanto, según las cláusulas del contrato de colaboración empresarial y los efectos tributarios que devienen del mismo acto frente a la realización de los ingresos, costos, gastos, activos, pasivos, pagos y abonos en cuenta, deberá entenderse que tal periodicidad corresponderá según su necesidad para cumplir con las obligaciones fiscales que establece la norma tributaria.

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