La fuerza mayor o caso fortuito, definidos por el Código Civil como los imprevistos que no es posible evitar, constituyen hechos eximentes de responsabilidad. Para acogerse a este recurso debe demostrarse el cumplimiento de dos elementos esenciales: la imprevisibilidad y la irresistibilidad.
La responsabilidad civil extracontractual es el suceso accidental fortuito e imprevisto que genera una obligación resarcitoria, en la que el responsable del daño está obligado a repararlo, aunque no exista intención en el perjuicio, y a reconocer el derecho de los perjudicados mediante una indemnización.
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