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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tasa para liquidar rendimientos presuntivos en 2022


Durante el 2022 deberán liquidarse los rendimientos presuntivos de acuerdo con las especificaciones del artículo 35 del ET.

Esta figura aplica para las sociedades que prestan a sus socios o cuando estos le hacen préstamos a la empresa sin el cobro de intereses.

Conoce aquí la tasa para 2022.

La figura de intereses presuntivos está regulada por el artículo 35 del Estatuto Tributario –ET–, y aplica cuando las sociedades les prestan a sus socios o accionistas, o cuando estos le hacen préstamos a la empresa o sociedad de la cual poseen acciones.

Al respecto, es preciso tener en cuenta que, para efectos del impuesto sobre la renta, se presume que todo préstamo en dinero (cualquiera que sea su naturaleza o denominación) otorgado por las sociedades a sus socios o accionistas, y viceversa, genera un rendimiento mínimo anual y proporcional al tiempo de posesión.

La norma tributaria establece que, cuando no se pacte una tasa real para la estimación de los intereses, estos deben calcularse de acuerdo con la tasa de interés del depósito a término fijo –DTF– vigente al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al gravable.

En consecuencia, para 2022 los intereses presuntivos deberán calcularse a una tasa del 3,21 % efectivo anual, correspondiente a la tasa de interés del DTF vigente al 31 de diciembre de 2021 (ver semana del 27 de diciembre de 2021 al 2 de enero de 2022) .

Finalmente, cabe resaltar que para la vigencia 2021 los intereses presuntivos se calcularon de acuerdo con una tasa del 1,89 % en atención a las indicaciones del artículo 1 del Decreto 455 de mayo de 2021 expedido por el Ministerio de Hacienda.

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