Para el nombramiento del revisor fiscal se debe hacer una reunión del máximo órgano social en el que se informe que el revisor fiscal anterior ha sido revocado o ha renunciado, y que se designe una nueva persona.
Compartimos un modelo del acta que debe levantar la asamblea de accionistas o junta de socios.
El nombramiento y la remoción del revisor fiscal es una función que le compete exclusivamente al máximo órgano social de cada entidad (ver artículos 204 y 206 del Código de Comercio –CCo–).
En ese sentido, cuando el revisor fiscal renuncia intempestivamente o es revocado de su cargo, le corresponde a la asamblea general de accionistas o junta de socios reunirse de forma extraordinaria para realizar la elección de un nuevo revisor fiscal.
La decisión de la revocatoria del revisor fiscal saliente y del nombramiento de su reemplazo debe constar en un acta.
Adicionalmente, la entidad tiene la obligación de registrar dicha acta en la cámara de comercio de donde se encuentre el domicilio, para comunicar el cambio de revisor fiscal en el registro mercantil, así como actualizar el RUT.
De no hacerlo en un término de 30 días, el revisor fiscal saliente tendrá la posibilidad de efectuar el registro ante la cámara de comercio, con lo cual se entendería que ya no está obligado a seguir ejerciendo sus funciones (al respecto, te recomendamos nuestro editorial Sin el nombramiento de un nuevo revisor fiscal, ¿cuál sería la responsabilidad del saliente?).
Por último, te invitamos a revisar el siguiente video en donde nuestro líder de investigación tributaria, Dr. Diego Guevara Madrid, explica que contribuyentes están obligados a contar con revisor fiscal en el año 2023: