Actualícese.com

Aspectos a tener en cuenta al restar en rentas de trabajo por intereses en crédito de vivienda


Actualizado: 6 febrero, 2024 (hace 8 meses)

¿Cuáles pautas importantes se deben tomar en cuenta al momento de restar en la depuración de los pagos o abonos en cuenta por rentas de trabajo, los valores pagados por concepto de intereses en un crédito de vivienda de trabajador?

Disfruta de todos los beneficios exclusivos que te brinda ser suscriptor. Inicia sesión aquí para aprovechar al máximo lo que tenemos preparado para ti. Si aún no cuentas con una suscripción, te invitamos a que conozcas todas nuestras opciones disponibles.

Contenido para Suscriptores

En este consultorio, te detallamos varios aspectos a tener en cuenta al restar en rentas de trabajo por intereses en crédito de vivienda.

Aspectos importantes

  • Se pueden restar valores por concepto de intereses de un crédito de vivienda pagados en el año anterior al aplicar la depuración de los pagos por rentas.
  • Requisitos para restar intereses en crédito de vivienda: artículo 387 del ET, parágrafo 7 del art. 1.2.4.1.6; ver arts. 1.2.4.1.23 y 1.2.4.1.24 del DUT 1625 de 2016.
  • En caso de crédito de vivienda otorgado a varias personas, la deducción puede ser solicitada en su totalidad por una de ellas, siempre y cuando la otra persona no lo haya solicitado.
  • Si el crédito de vivienda fue otorgado a padres y uno de ellos no trabaja, el que sí trabaja y está sometido a retención en la Fuente puede solicitar la deducción de la totalidad.
  • La deducción de los intereses del crédito de vivienda tiene un límite máximo de 100 unidades mensuales.
  • Se deben presentar certificados de intereses y corrección monetaria para la adquisición de vivienda al empleador antes del 15 de abril de cada año.
  • Si el trabajador no presenta el certificado de intereses antes del 15 de abril, ya no se podrán restar valores por intereses de crédito de vivienda en los pagos mensuales sujetos a retención.

Diego Guevara, especialista en Impuestos y líder de investigación tributaria de Actualícese, explica este tema en el consultorio tributario “Novedades en los procedimientos 1 y 2 de retención en la fuente y más” realizado el 25 de enero de 2024.

Accede ahora en nuestro canal youtube.com/@actualicesevideo

Accede al consultorio completo en Novedades en los procedimientos 1 y 2 de retención en la fuente y más.

Todo lo relacionado sobre retención en la fuente lo encuentras en el análisis 360:

TAMBIÉN LEE:   Retención en la fuente trasladable sobre dividendos no gravados y gravados a sociedad nacional 

👉 En Actualícese Video puedes encontrar conferencias, charlas, tips y cápsulas de información para aprender y actualizarte diariamente.

🚀 Suscríbete a nuestro canal Actualícese Video aquí: http://actualice.se/ytvideo/

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito