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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Auditoría Forense, herramienta para combatir el lavado de activos


Auditoría Forense, herramienta para combatir el lavado de activos

Lavado de activos es la forma en la que se oculta o se encubre la realidad de unos ingresos o activos concebidos de manera ilegal. El lavado de activos también se conoce como lavado de dinero. Y la auditoría forense combate por medio de la investigación dicho flagelo.

“lavado de activos es básicamente el proceso por el cual una entidad o persona busca sumergir actividades ilícitas”

El lavado de activos es básicamente el proceso por el cual una entidad o persona busca sumergir actividades ilícitas, de las cuales provienen beneficios materiales o económicos; se puede incurrir en este delito según la Ley 1453 en su artículo 42 adquiriendo, resguardando, invirtiendo, transportando, transformando, almacenando, conservando, custodiando o administrando bienes que provengan de actividades ilegales como extorsión, trata de personas, secuestro, enriquecimiento ilícito, tráfico de armas, financiación del terrorismo, administración de recursos que procedan de tráfico de drogas, estupefacientes, concierto para delinquir entre muchas otras maneras.

No obstante, los delincuentes se han esmerado por crear y buscar modalidades para ocultar el resultado de dichas actividades ilícitas; entre estas utilizan:

  • El traslado o transporte constante de ciertas sumas de dinero, en diversas formas que despistan a las autoridades.
  • Utilización de productos financieros para simular que dicho resultado ilegal proviene de actividades lícitas.
  • Movimiento de bienes y servicios a través de la comercialización.

El lavado de activos es un fenómeno que se busca prevenir de diferentes maneras.

Ahora, teniendo claro el concepto de lavado de activos, es momento de referirse a la auditoría forense, cuyo fin es apoyar técnicas de investigación que permitan prevenir, y descubrir acciones de fraude en las empresas, diferente del proceso común de la auditoría de los estados financieros basada en mostrar resultados razonables de lo que sucede al interior de una organización, la auditoría forense es más extensa y profunda ya que busca la detección de movimientos fraudulentos o ilegales.

Para prevenir requiere mostrar a las organizaciones cómo hacerlo, que básicamente es la verificación del origen de los hechos económicos que puedan beneficiar a la empresa. Y el proceso de detección está orientado en la búsqueda de ese ’cuello de botella’ que permita identificar hechos no muy claros que podrían llevar a un origen ilícito.

¿Por qué prevenir el lavado de activos?

  • Porque las empresas y/o entidades se pueden ver involucradas en actividades ilegales.
  • Porque este crimen organizado busca ocultar, transformar o administrar recursos ilícitos por medio de las empresas lícitas.
  • Las empresas se pueden ver afectada gravemente por escenarios de desprestigio por falta de prevención.
  • La negociación con criminales compromete a las empresas en delitos como el lavado de activos, contrabando, entre otros.
  • Porque los riesgos que traen estos actos ilícitos pueden suceder en cualquier momento.
  • Porque su empresa puede terminar en quiebra o perder permisos de funcionamiento, por incurrir o no prevenir dichos sucesos ilícitos.
  • Porque las empresas deben optar por medidas de aseguramiento para prevenir el lavado de activos, financiación del terrorismo y contrabando.
  • Porque tienen menos riesgos de incurrir en estos sucesos mencionados, implementando medidas de prevención, evitan sanciones administrativas o penales.
  • Porque teniendo medidas de aseguramiento para la prevención de lavado de activos, se puede asegurar mayor sostenibilidad de las entidades.
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La auditoría forense ayuda a prevenir: investigación o proceso penal, desprestigio empresarial por no tener medidas necesarias, exclusión de fuentes de financiación, pérdidas empresariales, entre otras consecuencias.

“Circular 100-00005 de 2014, en la cual la Superintendencia de Sociedades obliga a establecer un sistema de autocontrol y gestión del riesgo de lavado de activos”

Es oportuno perpetuar lo mencionado en la Circular 100-00005 de 2014, en la cual la Superintendencia de Sociedades obliga a establecer un sistema de autocontrol y gestión del riesgo de lavado de activos. y financiación del terrorismo.

Para finalizar, no sobra recordar 8 puntos que se deben tener en cuenta para un sistema de autocontrol y gestión del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo:

  1. Identificar situaciones que puedan generar a la empresa riesgo de lavado de activos o financiación del terrorismo en las operaciones, negocios o contratos que se realizan.
  2. Establecer procedimientos de debida diligencia, tales como conocimiento de clientes, personas expuestas políticamente, proveedores, asociados, trabajadores y empleados.
  3. Reglamentar el manejo de dinero en efectivo al interior de la empresa.
  4. Comunicar la política y procedimientos adoptados para la prevención a los empleados que deban recibir la información para el cumplimiento de los objetivos.
  5. Capacitar, de la forma y frecuencia que la entidad determine, a los empleados sobre la prevención de este riesgo.
  6. Dineros de terceros manejados bajo contratos de mandato deben coincidir con registros contables efectuados por el mandatario.
  7. Acreditar con soportes todas las operaciones, negocios y contratos.
  8. Reportar a la UIAF las operaciones intentadas y sospechosas.

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