DIAN. Contribución especial por contratos de obra pública. Descriptores Hecho Generador.
dian. Retención en la fuente en contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones.
Departamento Nacional de Planeación. Por el cual se adiciona el Decreto 1082 de 2015, con el fin de reglamentar el parágrafo 2° del artículo 2° de la Ley 715 de 2001 , en lo relacionado con la distribución de los recursos de la Asignación Especial del 2.9 % del Sistema General de Participaciones para el Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (FONPET) y se dictan otras disposiciones.
DIAN. Las tasas de uso que cobran los terminales pese a su denominación de tasa, no lo son en sentido de “tributo” sino que corresponde a una contraprestación por el servicio prestado, lo cual se traduce en que corresponde a un ingreso tributario para su perceptor y por ende sometido a retención en la fuente.
Ministerio de Agricultura. Por medio del cual se adiciona el Título 5 a la Parte 10 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, relacionado con la asunción temporal de la administración de las contribuciones parafiscales.
DIAN. La DIAN señala que no es correcto interpretar que los recursos de la seguridad social administrados por una sociedad no pueden gravarse o integrar la base para liquidar el impuesto a la riqueza.
Ministerio de Transporte. Recordó que la demarcación, uso y goce de las vías de la propiedad horizontal, debe estar previsto en el reglamento interno, el cual debe realizarse por escritura publica, previa aprobación de la asamblea general.
Ministerio de Salud y Protección Social. Recordó que en la presentación de las cuentas de cobro por parte de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud -IPS-, ante las entidades responsables del pago se debe procurar la protección de datos.
DIAN. Para determinar el método a aplicar en la medición del cálculo actuarial se deben considerar los Decretos 2649 de 1993 y 1517 de 1998.
Superindustria y Comercio. Recordó conceptos sobre el habeas data, e indicó el tiempo de caducidad del dato negativo en las centrales de datos.
Superindustria y Comercio. Recordó que en los casos en que un tercero emplee una marca sin consentimiento del titular este puede actuar contra el primero.
Ministerio de Protección Social. Por el cual se suprime la Caja de Previsión Social de Comunicaciones –Caprecom-, EICE, se ordena su liquidación y se dictan otras disposiciones.