Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

En Noviembre 23 de 2010 finalizan las medidas especiales del IVA para la zona de Frontera con Venezuela


En Noviembre 23 de 2010 finalizan las medidas especiales del IVA para la zona de Frontera con Venezuela
Actualizado: 21 noviembre, 2010 (hace 13 años)

Tal como lo dispuso el artículo 1 del  Decreto-Ley 2694 de Julio 27 de 2010, expedido bajo el amparo de la declaratoria emergencia social para 37 municipios de la frontera con Venezuela  contenida en el Decreto-Ley 2693 de la misma fecha, solo hasta el 23 de Noviembre de 2010 estarán vigentes las medidas especiales que en materia de IVA se dictaron para los comerciantes de dicha zona y para sus proveedores que estén por fuera de la misma.

Ese artículo 1 dispuso que durante los 120 días calendario contados desde la promulgación del decreto (es decir, contados desde el día 27 de Julio de 2010), los comerciantes de esos 37 municipios de la zona de frontera con venezulea podrían tomar los bienes gravados mencionados en ese Decreto 2694 (alimentos, ropa, electrodomésticos, etc.) y venderlos de tal forma que al cliente final no se le terminara cobrando el IVA del 16% o del 10% con el que están gravados tales bienes, es decir, que el vendedor sí  generarían el IVA pero a la vez lo neutralizaban en sus facturas de venta y en sus  contabilidades con un IVA descontable especial denominado “Descuento especial decreto 2694 de 2010”

Ese  tratamiento especial en el IVA para esos bienes antes aludidos (y durante el mismo tiempo) también lo deberían aplicar las empresas del régimen común que estando por fuera de los 37 municipios cobijados con la medida, terminarán vendiéndoselos a los comerciantes del régimen común domiciliados dentro de los 37 municipios. Y si a esos ubicados por fuera de la zona se les terminaban formando entonces “saldos a favor” en sus declaraciones de IVA, tales saldos a favor no se los devolverían sino que tenían que arrastrar a los periodos siguientes.

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