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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Entidades aseguradoras también pueden prestar los servicios a través de corresponsales


Entidades aseguradoras también pueden prestar los servicios a través de corresponsales

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, dio a conocer el día 14 de enero de 2015, el Decreto 034, en el cual incluyen a las aseguradoras en el listado de las entidades que pueden prestar los servicios a través de entidades corresponsales.

Las entidades corresponsales son un “fenómeno” que se ha venido presentando en los últimos años, facilitando a los clientes de una entidad la realización de transacciones y pagos más cerca de su localidad o barrio.

Esta modalidad existe en muchos países y aunque en Colombia el inicio fue difícil, ya que las personas desconfiaban al hacer sus pagos en los corresponsales, ha venido obteniendo mucha fuerza y confianza en las personas que buscan más facilidad en los pagos.

Así se contribuye de gran forma al mercado financiero nacional.

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