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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Incidencia en el ORI por venta de activo biológico


¿La diferencia entre el valor de la venta y el valor razonable del activo biológico afecta resultados en el ORI?

El Dr. Juan David Maya señala que, de tenerse un activo biológico, por ejemplo, una vaca que luego de ser comprada en 1 millón de pesos, ha crecido, engordado y aumentado su valor a 2 millones, lo que se debe hacer es medirla por 2 millones en el activo y el millón de diferencia llevarlo a resultados, con restricción de venta a seis meses, tiempo en el cual dicho activo debería costar 2.5 millones, de los cuales 500 mil pesos deberán reconocerse como un ingreso por medición al valor razonable.

Es importante aclarar que tanto el ingreso por medición al valor razonable como el ingreso por haber vendido por encima del valor razonable afecta los resultados del periodo, pero no van al ORI.

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