Actualícese.com
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Las NIIF y el plan de cuentas, ¿tienen algo que ver?


Las NIIF y el plan de cuentas, ¿tienen algo que ver?

Es recomendable tomar el plan de cuentas actual y realizar una adaptación para que sea utilizado bajo estándares internacionales. Colombia no ha hecho cambios, lo que ha generado algunos inconvenientes en el manejo contable de las NIIF.

Existe la posibilidad de tener otro plan de cuentas, pero ¿qué tan preparada está la comunidad contable para manejar dos planes de cuentas? Por tal motivo, se recomienda tomar el plan de cuentas actual, el cual es una codificación, y basado en esto se logre realizar una adaptación y mejoras para que pueda ser utilizado bajo estándares internacionales.

“las NIIF no tienen nada que ver con el plan de cuentas, con la codificación, con la contabilidad, con el registro de partidas dobles”

¿Lo anterior es posible? Por supuesto. Hay que recordar que las NIIF no tienen nada que ver con el plan de cuentas, con la codificación, con la contabilidad, con el registro de partidas dobles, simplemente se entregan unos criterios para que la propia entidad reconozca, mida, revele y presente información relacionada con sus operaciones.

Cuando se afirma que no tiene nada que ver, significa que no influye en la manera que debe contabilizarse, sino que se habla de conceptos, como por ejemplo el de ingresos, que afecta resultados, y es en ese sentido que se dice que no tiene nada que ver, lo cual no significa que los conceptos de las normas internacionales no se puedan representar como hechos económicos bajo una metodología contable de débito y crédito.

El estándar se queda en el concepto, en el criterio, en el fundamento más que en la forma, porque en otros países se admiten otros códigos. Por ello, se puede tomar el plan de cuentas actual y hacerle una adaptación.

Países como Perú y Ecuador hicieron cambios específicos al plan de cuentas; en Colombia, la Superintendencia Financiera hizo esta labor, lo que ha generado algunas dificultades para el manejo contable de las NIIF. Sin embargo, no hay inconveniente en realizar alguna adaptación. Es recomendable que las empresas hagan pequeños cambios para evitar traumatismo de códigos, y cuando las entidades de control y vigilancia emitan un concepto se toman las decisiones del caso.

TAMBIÉN LEE:   CTCP menciona elementos relevantes sobre el cambio del grupo NIIF y otros aspectos

En todo caso, es importante tener en cuenta que la Supersociedades en su Circular Externa 115-000005 del 22 de agosto del 2013 indicó que las sociedades sujetas a supervisión y que pertenecen al Grupo 1 de aplicación, deberán acondicionar sus propios catálogos de cuentas conforme al nuevo marco teórico normativo; en tanto que la Superintendencia Financiera, en la Circular Externa 021 del 1 de julio del 2014, emitió el catálogo de cuentas que deberán aplicar las entidades que se encuentran bajo su vigilancia y control.

Material Relacionado

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,