Actualícese.com

Nuevos recursos


Mediante concepto, CTCP aclara funcionamiento de la auditoría forense


El CTCP indica que, la auditoría forense, a cargo de la auditoría interna, es una investigación especializada y profunda, mientras que la revisoría fiscal mantiene un rol de vigilancia y control. 

Mediante el Concepto 2025-0163, el CTCP ha clarificado la interacción entre la nueva obligación de realizar auditorías forenses, establecida en el Decreto 1600 de 2024, y las funciones tradicionales de la revisoría fiscal. 

Con el fin de fortalecer el control interno y de gestión de riesgos, en el Decreto 1600 de 2024 se le asignó formalmente a la auditoría interna de las entidades la responsabilidad de implementar y ejecutar procesos de auditoría forense cada dos años, en los cuales, se velará por la prevención y detección de fraudes e irregularidades. 

A pesar de esta nueva asignación, el CTCP subraya que las funciones del revisor fiscal, estipuladas en el artículo 207 del Código de Comercio, se mantienen intactas. La revisoría fiscal continúa con su deber de dar cuenta oportuna sobre las irregularidades que ocurran en la sociedad, velar por la correcta contabilidad y reportar operaciones sospechosas ante la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), entre otras. 

Así las cosas, ambas figuras deben coordinarse de forma complementaria, sin que una reemplace a la otra. La labor del revisor fiscal abarca una visión integral de la entidad (auditoría financiera, de cumplimiento, de gestión y de control interno), y aunque evalúa el riesgo de fraude según las Normas Internacionales de Auditoría, su labor presenta límites y no constituye una investigación forense propiamente dicha. 

Por lo anterior, se puede entender que la auditoría forense, a cargo de la auditoría interna, es una investigación especializada y profunda, mientras que la revisoría fiscal mantiene un rol de vigilancia y control permanente. 

Finalmente, es necesario señalar que la obligación de realizar auditorías forenses aplica a los organismos y entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional, así como a las empresas industriales y comerciales del Estado y a las sociedades de economía mixta, en lo que respecta a su régimen de contratación pública. 

Únete a nuestro canal de WhatsApp aquí para que estés al día con todas las noticias.

Suscríbete aquí al boletín ACTUALÍCESE, a nuestro canal X (antes Twitter) y @actualicesevideo en YouTube, y recibe todas las claves informativas de la actualidad tributaria y contable en Colombia.

Conoce nuestro canal de Tik Tok y navega en medio de videos para que despejes dudas y te superes a nivel profesional.

Para ver los últimos reels, historias, videos y carruseles con información relevante y útil de la profesión, ingresa ya y suscríbete a nuestro Instagram.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,