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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Medidas temporales relacionadas con fecha de aplicación de la NIIF 9


IASB consulta sobre medidas temporales relacionadas con la fecha de aplicación efectiva de la NIIF 9 y la nueva NIIF sobre contratos de seguros.

La IASB confirmó que consultará sobre una serie de medidas temporales para orientar sobre algunos asuntos derivados de la implementación de la NIIF 9 antes de la entrada en vigencia de la nueva norma sobre contratos de seguros.

La NIIF 9 – Instrumentos financieros – fue emitida en julio del año pasado, con fecha de vigencia a partir del 1 de enero del 2018. Simultáneamente, la IASB manifestó que consideraría algunas posibles retos derivados de la adopción de la NIIF 9 antes de la entrada en vigencia de la nueva norma sobre contratos de seguros.

Las medidas confirmadas hoy modificarían la NIF 4, contratos de seguro, para permitir el aplazamiento de la entrada en vigencia de la NIIF 9 hasta el 1 de enero del 2021, para las compañías cuyo modelo de negocio es predominantemente la emisión de contratos de seguros. Esto también le daría la opción a los aseguradores que adopten la NIIF 9, de remover de sus resultados algunas asimetrías contables y volatilidades temporarias que pueden ocurrir antes de la entrada en vigencia de la nueva norma sobre contratos de seguros (enfoque simultáneo o paralelo, o de sobreposición).

La NIIF 4, contratos de seguro, está siendo discutida actualmente por la IASB, y se espera emitir la norma definitiva en el año 2016.

Fuente: IFRS Foundation.

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