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ACTUALIDAD  - 3 julio, 2025



Para solicitar la corrección de información exógena cuando en el informe de terceros te reporten ingresos u otras operaciones que nunca existieron, la Dian señala que debes contactar a dicho tercero para solicitarle la modificación de esos datos. Esta carta te ayudará en el proceso.

Al descargar del portal de la Dian la información reportada por terceros (información exógena) se puede encontrar que algunos de estos han enviado información de operaciones por montos distintos a la realidad o incluso que nunca se llevaron a cabo.

Si bien la Dian señala que dicho reporte no es imprescindible y en ningún caso reemplaza la información de la realidad económica del contribuyente ni lo exonerará de reportar los valores totales que correspondan en su declaración, es probable que al encontrarse operaciones reportadas a nombre de un contribuyente que nunca existieron se genere la posibilidad de que la Dian le inicie un proceso de fiscalización, pues esos datos no aparecerán en sus declaraciones.

Información exógena

Por lo tanto, cuando el reporte de terceros presenta inconsistencias, la Dian deja la responsabilidad en el contribuyente de contactar al tercero que realizó la operación para solicitarle su corrección.

La solución: en este formato incluimos un modelo de carta de solicitud de corrección de los datos de información de exógena reportados por un tercero. Recuerda que es necesario llevar a cabo este procedimiento para dejar los soportes de solicitud de la corrección de la información.

¿Qué hacer si no se puede contactar al tercero de la información exógena?

Como en la información exógena reportada por terceros únicamente se incluye el NIT y nombre o razón social del tercero, en ocasiones es imposible contactarlo.

En esos casos se debe tener en cuenta que el contribuyente no está obligado a reconocer el ingreso, cuenta por cobrar o por pagar, o cualquier otro valor en su declaración de renta si este no corresponde a la realidad. Así lo explica el Dr. Diego Guevara en el siguiente video:

En todo caso, siempre es recomendable radicar una queja o derecho de petición ante la Dian para dejar constancia de que se intentó contactar al tercero y conservar los soportes correspondientes con el fin de evitar futuros inconvenientes.

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«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos: 4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»

«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos:
4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»

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