Recientemente se aprobó un cupo fiscal por $600.000 millones, que otorga una deducción en la declaración de renta para quienes aporten recursos a proyectos de economía naranja avalados.
Empresas pertenecientes a la economía naranja no pagarían renta por siete años.
El numeral 1 del artículo 235-2 del Estatuto Tributario indica que todas las sociedades que existan antes de la Ley 2010 de 2019, y todas las que se alcancen a crearse hasta diciembre 31 de 2021, podrán aspirar a obtener, durante siete años gravables, el beneficio de renta exenta de la economía naranja.
Cabe recordar que el 26 de febrero de 2020, el presidente Iván Duque firmó el Decreto 286 de 2020, a través del cual las empresas pertenecientes a la economía naranja no pagarían renta.
Este beneficio durará siete años para aquellas empresas e industrias creativas con ingresos inferiores a 80.000 unidades de valor tributario –UVT– (cerca de 2.849.000 millones de pesos).
Lo primero que hay que conocer es…
Para el Ministerio de Cultura, las actividades de la economía naranja se agrupan en tres grandes áreas:
Las compañías catalogadas como parte de la economía naranja son las que están en industrias de joyerías, editoriales, producciones, exhibiciones y distribución de cine y televisión, grabación y edición sonora y de música, consultoría e instalaciones de informática, arquitectura e ingeniería, diseño, fotografía, artes plásticas y visuales, teatro, espectáculos musicales en vivo, bibliotecas y archivo, entre otras.
Las empresas deben tener como objeto social exclusivo el desarrollo de industrias de valor agregado tecnológico y actividades creativas.
De igual forma, como ya se explicó anteriormente, deben ser constituidas e iniciar sus actividades antes del 31 de diciembre de 2021.
Sobre este tema, el Dr. Diego Guevara profundiza en el siguiente video:
Las empresas deben cumplir con los montos mínimos de inversión, en los términos que defina el Gobierno nacional, los cuales en ningún caso pueden ser inferiores a 4.400 UVT y en un plazo máximo de tres años gravables.
Las sociedades también deberán crear un número mínimo de empleos, que en ningún caso puede ser inferior a tres.
En caso de que no se logre el monto de inversión, se perderá el beneficio a partir del tercer año.
El 15 de febrero de 2021, el Consejo Nacional de Economía Naranja aprobó un cupo fiscal por $600.000 millones, que otorga una deducción en la declaración de renta a quienes aporten recursos a proyectos avalados por la convocatoria de la Corporación para el Desarrollo de la Economía Cultural y Creativa en Colombia -CoCrea-.
Esta convocatoria no tendrá fecha de cierre y podrán participar proyectos culturales y de economía creativa de todo el país.
Los términos de referencia de esta nueva convocatoria están disponibles en https://cocrea.com.co/convocatoria.
Pueden postular proyectos las personas naturales o jurídicas cuyo objeto social sea cultural, creativo o social, y estén dentro de las actividades económicas que conforman la economía creativa del país.
Quienes hagan aportes recibirán un certificado de inversión o donación que les dará derecho a una deducción del 165 % del valor aportado para aplicar a su declaración de renta.