La declaración de renta como persona natural requiere un entendimiento profundo de las nuevas normativas y beneficios tributarios, el cual nos permite evitar sanciones e incumplimiento ante su presentación y realizar pagos en exceso.
Aquí te contamos algunos detalles.
En esta conferencia, Anderson Zambrano afirma que las personas naturales ya nos tenemos que ir preparando para presentar la declaración de renta, teniendo presentes las modificaciones de la más reciente reforma tributaria, por lo que nos comparte 7 importantes claves para presentar la declaración de renta como persona natural. Aquí los detalles:
Es esencial determinar si estás obligado a declarar renta. Los principales criterios incluyen ser responsable de IVA, tener un patrimonio mayor a 4500 UVT (190 millones de pesos) o ingresos brutos anuales superiores a 59 millones de pesos. Para el año 2023, la UVT está fijada en 42.412 pesos.
Es importante estar preparado antes de las fechas de vencimiento. El formulario 210 ya está disponible en la página de la Dian para la declaración del periodo 2023. Las fechas de vencimiento varían según el NIT, por lo que es crucial verificar los dos últimos dígitos de tu NIT para identificar la fecha correspondiente.
Antes de realizar tu declaración, debes estar inscrito en el RUT, habilitar tu cuenta de usuario en la Dian y gestionar tu firma electrónica. Es fundamental reunir y conservar toda la documentación necesaria, como certificados de ingresos y retenciones, relación de facturas, soportes de costos y gastos, y certificaciones tributarias.
Los ingresos deben ser clasificados según su naturaleza en el sistema de cedulación vigente. Por ejemplo, los ingresos por contrato de trabajo se ubican en la cédula general. Es esencial identificar correctamente cada tipo de ingreso para aplicar los beneficios y deducciones correspondientes.
A continuación, algunos detalles:
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La reforma tributaria ha modificado significativamente los beneficios tributarios. A partir de ahora, el 40 % del ingreso, una vez descontados los ingresos no constitutivos de renta, tiene un tope máximo de 1.340 UVT. Además, el 25 % de renta exenta también ha sido limitado a 790 UVT anuales.
Un nuevo beneficio permite deducir el 1 % de las compras realizadas con factura electrónica y pagadas por medios electrónicos. Este beneficio no está limitado al 40 % con tope de 1.340 UVT, pero requiere que las facturas estén debidamente soportadas.
Las ganancias ocasionales y los dividendos también han sufrido cambios. La renta líquida gravada ahora se unifica para aplicar una tarifa progresiva del 0 al 39 %. Además, se introdujo un descuento específico para dividendos con la intención de mitigar el impacto de las nuevas reglas tributarias.
Aquí los detalles:
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Anderson Zambrano
Es abogado. Cuenta con 15 años de experiencia como asesor de personas naturales y jurídicas en las áreas del derecho tributario, comercial y laboral. Además, es especialista en Derecho Tributario de la Universidad del Rosario y en Derecho Comercial de la Universidad Santo Tomás. En este momento se desempeña como Especialista Tributario en el Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir.