Los trabajadores independientes tienen la obligación de realizar aportes a seguridad social, siempre que sus ingresos sean iguales o superiores a un salario mínimo mensual legal vigente.
A continuación, te presentamos una matriz con los porcentajes para que estos trabajadores realicen dichos aportes.
Un trabajador independiente es una persona natural que presta sus servicios con total independencia en favor de un tercero, es decir, sin cumplir órdenes por parte de un empleador. En esta categoría se encuentran:
a. Trabajadores independientes mediante contrato por prestación de servicios.
b. Trabajadores independientes por cuenta propia.
c. Trabajadores independientes que celebran contratos diferentes a los de prestación de servicios.
En la matriz que aquí te presentamos se comparan las características de los tres tipos de trabajadores independientes respecto de la cotización al sistema general de seguridad social integral en Colombia.
La Ley 2277 de diciembre 13 de 2022 efectuó algunos cambios, así:
Para ampliar este tema, la Dra. Angie Marcela Vargas indica en el siguiente video los cambios de la Ley 2277 de 2022 en lo relacionado con los cálculos de los aportes a seguridad social de los trabajadores independientes en el 2023:
Nota: el 1 de noviembre el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 1798 de 2023, con el fin de establecer parámetros generales de las condiciones operacionales del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional –SAT–.
El ministerio reguló mediante 15 artículos y 2 anexos técnicos el ámbito de aplicación, las reglas de la afiliación, el trámite para incorporar la información y el tratamiento de datos del Sistema General de Riesgos Laborales. Se considera pertinente mencionar que esta regulación le es aplicable a las ARL y a trabajadores de prestación de servicios o independientes con contratos superiores a un mes, dedicados a labores de alto riesgo y que se hubieran afiliado voluntariamente al SGRL.