Un agente comercial tiene derecho a recibir una cesantía comercial al terminar el contrato de agencia, como compensación. Esto, en reconocimiento al desempeño de sus labores en el posicionamiento de los productos o servicios del agenciado.
Este contrato le permitirá consolidar una relación mercantil de distribución de productos, se contempla en él, los aspectos básicos de este acto jurídico según lo emanado por el artículo 1317 del Código de Comercio.
El agente comercial se encargará de representar al empresario, promoviendo y/o explotando su negocio en un determinado ramo y en una zona prefijada.
El contrato de agencia comercial se caracteriza por la independencia y autonomía entre el agente y el agenciado como personas jurídicas. Dicho contrato tiene la finalidad de promover o explotar negocios dentro de un ramo y zona determinada.