Gobierno nacional busca mitigar el impacto de la inflación, los altos costos de productos básicos importados y aliviar el bolsillo de los colombianos.
Dian expide la Circular 004362 de 2022, mediante la cual se establecen los gravámenes ad valorem aplicables a productos agropecuarios de referencia, sus sustitutos, productos agroindustriales o subproductos.
Los valores allí señalados corresponden al arancel total aplicable a las importaciones procedentes de terceros países, acorde con el Decreto 547 de 1995.
La aplicación de quitar el arancel será por 6 meses. Se benefician entre otros, cereales, semillas para productos agrícolas, aceites esenciales.
La propuesta de reducir aranceles va en línea con las medidas anunciadas por el Gobierno dentro de un Plan Técnico para frenar el alza de precios que impactan la canasta básica.
Los costos de los servicios de clasificación arancelaria, resoluciones anticipadas y ajustes de valor permanente se establecerán tomando como referencia el valor de la UVT.
Huevos, autos y calzado son algunos productos que no contarán con arancel desde enero. Al menos 952 productos no agrícolas serán desgravados al año 10 de vigencia del acuerdo entre los países. Al menos seis productos que Colombia importa desde Estados Unidos serán desgravados en enero de 2021, según datos del ministerio de Comercio Industria […]
La Sentencia C-026 de 2020 declaró inexequibles los artículos 274 y 275 de la Ley del PND 2018 – 2022.
La Corte aceptó el argumento de que solo el presidente puede tomar decisiones sobre aranceles y que las normas demandadas no guardaban unidad de materia con el resto de la Ley.
La Corte Constitucional tumbó la medida que había sido incluida en dos artículos del Plan Nacional de Desarrollo. Los artículos inexequibles son el 274 y el 275.
En la importación de mercancías, los costos adicionales como aranceles, fletes, seguros, etc., ¿bajo qué concepto se reportan en el formato 1001, si entran a formar parte del costo en los inventarios? Resuelta 11 de mayo de 2017 El Dr. Diego Guevara indica que las empresas que importan mercancías o fabrican bienes, deben llevar en […]
Para la información exógena del año gravable 2015, ¿con cuál tercero se reporta el costo por aranceles, la DIAN o el agente aduanero?
Cómo se debe contabilizar una importación temporal a largo plazo cuyo arancel es de USD31.698,98 y el IVA USD38.883,21. Estos valores se deben cancelar en 10 cuotas semestrales pero no sé en qué cuentas debo realizar la causación de estos impuestos, si el IVA es descontable o no y qué tipo de cambio debo utilizar al momento del pago
Los valores pagados de arancel en cuotas semestrales, como beneficio aduanero, ¿pueden adicionarse al valor de los activos fijos?