El artículo 772-1 del ET, adicionado por la Ley 1819 de 2016, señala que los contribuyentes obligados a llevar contabilidad deberán llevar un sistema de control o de conciliaciones de las diferencias surgidas entre la aplicación de los nuevos marcos técnicos normativos contables y las normas fiscales.
Este formato incluye la guía de un caso práctico de impuesto diferido en las propiedades de inversión, que permite evidenciar la conciliación fiscal de las diferencias que surgen entre las bases contables y fiscales, producto de la medición de dicho activo a valor razonable.